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    <title>Pilar de Todos</title>
    <subtitle>El diario digital de Pilar con la mayor información y actualidad diaria del Distrito y la región. Sitio con notas, entrevistas, datos, análisis y opinión de Pilar, la región y la Argentina.</subtitle>
    <updated>2026-01-27T13:01:23+00:00</updated>
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            PAMI: guía paso a paso para tramitar los medicamentos gratis y acceder al 100% de cobertura
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o0c3ikeh3btinRSG3RjQOIWiVxM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/01/pami_guia_paso_a_paso_para_tramitar_los_medicamentos_gratis_y_acceder_al_100_de_cobertura.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un contexto económico desafiante, el&nbsp;Programa de Medicamentos PAMI&nbsp;ratificó la continuidad de la cobertura al 100% para tratamientos especiales y el acceso al subsidio social para aquellos jubilados y pensionados que no puedan afrontar el costo de sus remedios. El trámite se puede realizar de manera totalmente digital, sin necesidad de acercarse a una agencia.</p><p>Según supo la&nbsp;Agencia Noticias Argentinas, el sistema busca garantizar la sostenibilidad mediante "nuevos límites terapéuticos" basados en el uso racional de medicamentos recomendado por la OMS. A continuación, los detalles para gestionar el beneficio.</p><p>Quiénes pueden pedir los medicamentos gratis</p><p>El&nbsp;Subsidio por Razones Sociales&nbsp;otorga un 100% de descuento en medicamentos ambulatorios para afiliados que cumplan con los siguientes requisitos económicos y patrimoniales:</p>Ingresos: Cobrar menos de 1,5 haberes previsionales mínimos. Si el afiliado vive con una persona que posee Certificado Único de Discapacidad (CUD), el tope se extiende a 3 haberes mínimos.Cobertura: No estar afiliado a una medicina prepaga.Patrimonio: No ser dueño de más de un inmueble, ni poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.Vehículos: No tener un auto de menos de 10 años de antigüedad (salvo hogares con CUD).Activos: No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.<p>Dato clave:&nbsp;Si un afiliado no cumple con los requisitos de ingresos pero el costo de los medicamentos supera el&nbsp;15% de sus haberes, puede solicitar la cobertura al 100% a través de una&nbsp;vía de excepción.</p><p>Paso a paso: cómo hacer el trámite online</p><p>La gestión es simple y demora aproximadamente 5 minutos desde una computadora o celular.</p><p>1.&nbsp;&nbsp; Ingresar a la web: Entrar a pami.org.ar y dirigirse a la sección "Trámites Web".</p><p>2.&nbsp;&nbsp; Seleccionar el trámite: Buscar la opción "Medicamentos sin cargo por subsidio social" y hacer clic en "Iniciar trámite web".</p><p>3.&nbsp;&nbsp; Identificación: Elegir "Solicitar el servicio" y completar con Número de Afiliación y DNI (incluyendo el número de trámite del documento).</p><p>4.&nbsp;&nbsp; Datos de contacto: Indicar quién realiza la gestión (afiliado, familiar o apoderado) y completar el formulario de contacto.</p><p>5.&nbsp;&nbsp; Confirmación de requisitos: El sistema mostrará las condiciones patrimoniales; se debe confirmar presionando "Sí, continuar".</p><p>6.&nbsp;&nbsp; Cuestionario: Responder si se poseen activos societarios o si se tiene un familiar a cargo con discapacidad.</p><p>7.&nbsp;&nbsp; Carga de receta: Si se tiene una receta física en papel, se debe adjuntar una foto. Si la receta es electrónica, no es necesario.</p><p>8.&nbsp;&nbsp; Finalizar: En la sección de comentarios se pueden listar los medicamentos solicitados (opcional). Al enviar, el sistema entregará un número de caso para seguimiento.</p><p>Otras coberturas vigentes</p><p>Además del subsidio social, PAMI mantiene coberturas automáticas para el resto del padrón</p>100% de cobertura: Tratamientos de diabetes (insulina, tiras), oncológicos, trasplantes, VIH, hemofilia y afecciones crónicas complejas.50% al 80% de descuento: Para patologías crónicas y agudas sobre el "Precio PAMI", que ya es inferior al de mercado.40% de descuento: Para medicamentos de uso eventual.<p>Para acceder a los medicamentos ambulatorios generales, solo se requiere que el médico de cabecera envíe la&nbsp;receta electrónica&nbsp;a la farmacia, donde el afiliado o una persona de confianza puede retirar los remedios presentando DNI y credencial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/o0c3ikeh3btinRSG3RjQOIWiVxM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/01/pami_guia_paso_a_paso_para_tramitar_los_medicamentos_gratis_y_acceder_al_100_de_cobertura.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo mantiene vigente el subsidio social para afiliados que no puedan costear sus tratamientos ambulatorios. Cómo realizar el trámite online en 5 minutos y cuáles son los requisitos excluyentes.]]>
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2026-01-27T13:01:23+00:00</updated>
                <published>2026-01-27T12:54:43+00:00</published>
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            La receta electrónica también será obligatoria para estudios, prácticas y procedimientos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KZPnpIYdEZiCLWXSHPUxeFyhz08=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/7d7de69d958565e4e8178fce591a6f13.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Ministerio de Salud de la Nación oficializó la extensión de la receta electrónica al conjunto de las indicaciones médicas entre las que se encuentran medicamentos de prescripción restringida, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos y lo hizo mediante la Resolución 2214/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial.</p>
<p>De esta manera, se completa el proceso iniciado el 1° de enero pasado con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553 y, a partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse de forma electrónica a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que asegura un sistema unificado, interoperable y trazable en todo el país.</p>
<p>Según informó la cartera sanitaria, para asegurar la sinergia del circuito de digitalización, la normativa vigente establece que los repositorios deben estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción, en función del financiador o cobertura de salud del paciente.</p>
<p>Uno de los principales avances que introduce esta normativa es la implementación de la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida. Para garantizar la correcta identificación de la persona, se utilizará el CUIL como dato principal en todo el sistema de prescripción. A su vez, cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que permitirá ubicar cada prescripción de manera precisa y segura, sin alterar ni duplicar los registros originales. Esta clave será fundamental para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso.</p>
<p>Además, la nueva regulación establece un mecanismo específico para digitalizar las recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos y estupefacientes. Las plataformas digitales deberán garantizar el resguardo de estas prescripciones durante un plazo mínimo de tres años, asegurando el acceso a la información para tareas de monitoreo y fiscalización.</p>
<p>De esta manera, el sistema de receta electrónica no solo facilita el acceso y la continuidad de los tratamientos, sino que también refuerza el control sanitario y la supervisión del uso de medicamentos sensibles.</p>
<p>Los prestadores y plataformas de servicios de salud tendrán un plazo de 45 días para la identificación unívoca de las recetas, 90 días para la implementación de la solución de prescripción de medicamentos de receta archivada y 120 días para las de receta restringida.</p>
<p>Desde el Ministerio de Salud se coordinarán los aspectos técnicos necesarios con los actores involucrados para facilitar el proceso. Cabe aclarar que, para aquellas situaciones en las que no sea posible su implementación, como ocurre en localidades alejadas o con dificultades de conectividad, seguirá vigente el uso de la receta en papel.</p>
<p>Con esta medida, el Ministerio de Salud de la Nación avanza en la consolidación de un sistema de salud más moderno, eficiente y transparente. La implementación de la receta electrónica refleja el uso de la tecnología al servicio de la integridad, la confidencialidad y la seguridad de la información médica. No solo busca facilitar la vida de las personas, sino también garantizar la trazabilidad, el control y el uso responsable de los recursos públicos.</p>
<p> </p>
<p>NA</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/KZPnpIYdEZiCLWXSHPUxeFyhz08=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/7d7de69d958565e4e8178fce591a6f13.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Así lo definió el Ministerio de Salud y las mismas deberán emitirse a través de plataformas registradas en el ReNaPDiS.
]]>
                </summary>
                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2025-07-22T18:22:20+00:00</updated>
                <published>2025-07-21T12:15:02+00:00</published>
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            Receta electrónica: en la Provincia seguirán coexistiendo la de papel y la digital
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vOcZHDRcx_w_rC9IqlJT18wFXwY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/53de8bab5a86ad9aac57f4100dfebf69.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La implementación de la receta electrónica entró en vigencia este miércoles 1º de enero en todo el país, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). Así lo dispuso el Ministerio de Salud de la Nación, mediante el Decreto 345/2024, publicado en el Boletín Oficial en abril del año pasado.</p>
<p>No obstante, más allá del anuncio y el decreto, el alcance de la medida no es restrictivo para las recetas en papel, ya que hay 17 jurisdicciones del país que cuentan con ley de receta electrónica, otras tienen su propia ley provincial con un régimen propio, como Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja, mientras que algunas provincias se encuentran tramitando su propia normativa o bien utilizan esta modalidad digital de forma parcial.</p>
<p>En la provincia de Buenos Aires, donde desde el 28 de febrero de 2023 rige la Receta Electrónica Bonaerense, seguirán habilitadas las prescripciones de medicamentos tanto en papel como en formato digital.</p>
<p>Alejandra Gómez, presidenta del colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos aires, explicó a DIB que “en provincia de Buenos Aires coexisten la receta electrónica con la receta en papel”.</p>
<p>Asimismo, indicó que “desde el 2020 hay prescripción electrónica, hay muchas obra sociales que se manejan con receta electrónica, con receta electrónica, como PAMI, aunque aún ese modo de prescripción falta que tenga la receta electrónica de psicotrópicos, la de archivo, y en ese caso el paciente tiene que llevar la receta en papel”.</p>
<p>Además, la titular de la entidad bonaerense, aseveró: “Hasta que no haya una interconectividad entre los módulos prescriptorios y los reservorios, donde las recetas se tienen que alojar, puede ser que la farmacia no tenga acceso a la receta electrónica que el médico le prescribió y el paciente tenga que asistir con el link o la receta impresa, porque no tenemos forma de verlo en la farmacia”. En esa línea, Gómez precisó: “Hoy faltaría esa parte para despapelizar toda la cadena, incluso en el momento de la dispensa en la farmacia”.</p>
“No pasa de una intención”
<p>De igual modo, Rubén Sajem, director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos, expresó en declaraciones radiales que la medida anunciada el miércoles por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, “no pasa de ser una intención, la fecha 1º de enero es una fecha tentativa, y está muy a medias el desarrollo del sistema”.</p>
<p>Asimismo, subrayó que “las provincias tienen que adherir a este sistema, hay cantidad de provincias que no adhirieron, otras que tienen su propio sistema, por lo que si una persona está de vacaciones no va a poder usar la receta electrónica y sí la de papel, de acuerdo al lugar donde esté”.</p>
<p>Para descartar confusiones, Sajem remarcó: “Hay que llevar tranquilidad a la gente: quienes tengan la receta en papel la van a poder seguir usando”.</p>
<p>El titular de la entidad farmacéutica dijo en declaraciones a Urbana Play que “el sistema es bueno”, de acuerdo a su implementación en otros países, pero “hay que desarrollarlo, está muy verde, no está completamente desarrollado el sistema ni está reglamentado como va a ser el libro de las farmacias”.</p>
<p>En ese sentido, Sajem completó: “Parte de la integración del sistema asegura que las recetas no sean usadas varias veces. La receta electrónica no es una foto, hay un sistema que todavía está muy en veremos, falta todavía, porque la autoridad sanitaria sacó el decreto en abril pero hay una cantidad de sistemas que no están conectados”. (DIB) ACR</p>
<p> </p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/vOcZHDRcx_w_rC9IqlJT18wFXwY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/53de8bab5a86ad9aac57f4100dfebf69.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La provincia de Buenos Aires cuenta con una legislación y un régimen propio.
]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2025-01-03T22:55:35+00:00</updated>
                <published>2025-01-02T14:10:06+00:00</published>
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            Ya rige la receta electrónica como única modalidad de prescripción de medicamentos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lzyFkarwbL1f12VlHK1iy3JcCXA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/94b9affb69789dd2f833fd191edde3df.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La implementación de la receta electrónica entró este miércoles en vigencia en todo el país, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).</p>
<p>Así lo dispuso el Ministerio de Salud de la Nación, mediante el Decreto 345/2024, publicado en el Boletín Oficial en abril del año pasado.</p>
<p>Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con la identificación del médico o profesional de la salud con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio; el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades.</p>
<p>También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera, según precisó la cartera sanitaria que encabeza Mario Lugones. Por último, diagnóstico; fecha de emisión y firma digital del profesional.</p>
<p>Las plataformas verificarán que los profesionales de la salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias permitiendo que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera. </p>
<p>Esto permitirá que las personas sólo tengan que acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.</p>
Protocolos
<p>Los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa.</p>
<p>Según se informó, “esto requiere sólidos mecanismos de respaldo y recuperación de información frente a eventuales fallas o incidentes y garanticen el resguardo de los derechos de los pacientes”.</p>
<p>La receta manuscrita, en tanto, permanecerá vigente, como condición de excepción, sólo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.</p>
<p>Asimismo, aquellas recetas emitas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.</p>
Ecosistema de salud digital
<p>Como informó oportunamente el Gobierno, el objetivo de esta medida es “posibilitar el funcionamiento del ecosistema de salud digital previsto en la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (N° 27.553) de 2020, agilizando el circuito de prescripción y dispensa de medicamentos y simplificando las instancias administrativas”.</p>
<p>Asimismo, el sistema de receta electrónica “brinda herramientas a los profesionales para que puedan tomar mejores decisiones de tratamiento, evita errores de interpretación y facilita la dispensa en farmacias mejorando en el acceso a los medicamentos”.</p>
<p>Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica. De ellas, 11 adhieren a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán), 4 tienen su propia ley provincial con un régimen propio (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja) y 2 tienen el proyecto de ley provincial en curso (Río Negro, Santa Fe).</p>
<p>En tanto, las siete jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial.</p>
<p>De ellas, cuatro adhieren al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y tres aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa). (DIB con información de NA)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/lzyFkarwbL1f12VlHK1iy3JcCXA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/94b9affb69789dd2f833fd191edde3df.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno entiende que de esta manera "se garantiza un ecosistema de salud digital eficiente".
]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2025-01-02T14:12:08+00:00</updated>
                <published>2025-01-01T12:42:39+00:00</published>
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            Desde enero sólo serán válidas las recetas electrónicas: a qué provincias alcanza
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/salud/desde-enero-solo-seran-validas-las-recetas-electronicas-a-que-provincias-alcanza" type="text/html" title="Desde enero sólo serán válidas las recetas electrónicas: a qué provincias alcanza" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wxvQGCSZcf8QdaN3RaewElCUfGc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/25fb2dc5e4cf91b776952a7839baf4e4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>A partir del 1° de enero de 2025, miles de profesionales médicos se verán obligados a despedirse del clásico recetario de papel y deberán pasar de manera obligatoria a la receta médica electrónica. No obstante, los cambios no se implementarán de forma homogénea, ya que no todas las jurisdicciones adoptaron dicha medida.</p>
<p>El Ministerio de Salud publicó este martes en el Boletín Oficial la resolución sobre la Ley Nacional de Receta Electrónica, a la que hasta ahora adhirieron algunas provincias. Estas son: Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán.</p>
<p>Son 11 de las 17 jurisdicciones que cuentan con una ley de receta electrónica local. De este grupo, se rigen por la norma propia la Ciudad de Buenos Aires, La Rioja, la provincia de Buenos Aires y Chubut, mientras que dos tienen en trámite un proyecto de ley provincial: Santa Fe y Río Negro.</p>
<p>Antes de que termine el año, en el Gobierno cuentan con que San Luis, Córdoba, Santa Cruz y Santiago del Estero tengan un proyecto cerrado. En tanto, Formosa, Neuquén y La Pampa “no cuentan aún con una ley provincial”, mencionaron desde la cartera sanitaria.</p>
<p>La receta electrónica no solo implica la digitalización de la prescripción, sino también la creación de un sistema de validación y almacenamiento de estas recetas que garantiza su disponibilidad en las farmacias. Para ello, el Ministerio de Salud dispuso que todos los sistemas informáticos encargados de validar y despachar las recetas electrónicas deben estar disponibles para las plataformas de prescripción y para todas las farmacias en las que el paciente requiera sus medicamentos.</p>
<p>Esto incluye el acceso a los repositorios electrónicos, plataformas que validan las recetas emitidas por los profesionales de salud y las almacenan de manera segura. Estos repositorios de recetas electrónicas cumplen una función esencial en el nuevo sistema, ya que no solo permiten la validación y el almacenamiento de las recetas, sino que también garantizan la privacidad, integridad y confidencialidad de la información del paciente.</p>
<p>La falta de homogeneidad en la implementación fue un tema de discusión en la reunión de este lunes del Consejo Federal de Salud (COFESA), un encuentro clave entre el titular de la cartera nacional, Mario Lugones, y los ministros de Salud provinciales.</p>
<p>Ante la obligatoriedad en el uso de la receta electrónica, el planteó principal que surgió de parte de las provincias fue pedirle a Nación que tenga en cuenta las diferencias en el territorio, las cuales hacen que sea necesaria la convivencia entre el sistema nuevo y el viejo. Los ministros provinciales afirmaron que un formato “mixto” sería indispensable en algunas zonas, particularmente las rurales y las que se encuentran alejadas de los centros urbanos. (DIB)</p>
<p> </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/wxvQGCSZcf8QdaN3RaewElCUfGc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/25fb2dc5e4cf91b776952a7839baf4e4.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Esto permitirá la validación, almacenamiento y trazabilidad de las recetas, garantizando seguridad y transparencia en todo el proceso.
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                </summary>
                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2024-12-04T20:09:09+00:00</updated>
                <published>2024-12-03T11:00:24+00:00</published>
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        <title>
            Receta Electrónica: comienza a regir la nueva reglamentación de la Ley Nacional
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/salud/receta-electronica-comienza-a-regir-la-nueva-reglamentacion-de-la-ley-nacional" type="text/html" title="Receta Electrónica: comienza a regir la nueva reglamentación de la Ley Nacional" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gPFdoXmjTlx8GiDonPFDshKs3EM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/e918bc4964e2677564448f04ebc44f4e.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica, dispuesta a través del Decreto 345/2024, rige desde este lunes y a partir de la misma las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales.</p>
<p>La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.</p>
<p>En el marco de estrategias para la implementación de las recetas electrónicas, el Ministerio de Salud de la Nación comenzará esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.</p>
<p>Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio que cuenta con información detallada sobre la implementación de la citada receta con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud. En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.</p>
<p>También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gPFdoXmjTlx8GiDonPFDshKs3EM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/e918bc4964e2677564448f04ebc44f4e.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2024-07-03T15:42:10+00:00</updated>
                <published>2024-07-01T19:51:30+00:00</published>
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        <title>
            Ya no se aceptarán recetas electrónicas por WhatsApp o mail
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/ya-no-se-aceptaran-recetas-electronicas-por-whatsapp-o-mail" type="text/html" title="Ya no se aceptarán recetas electrónicas por WhatsApp o mail" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno oficializó este martes la reglamentación de la Ley de Recetas Electrónicas o digitales, que ya entró en vigencia y dejó sin efecto las foto-recetas vía WhatsApp o mail que se habilitaron en plena pandemia de coronavirus.</p>
<p>En ese sentido, solo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica o digital, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.</p>
<p>“La Ley N° 27.553 tiene por objeto establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional; como también que puedan utilizarse plataformas de teleasistencia en salud, en el mismo ámbito”, se especifica en el decreto 98/2023, que fue publicado el martes en el Boletín Oficial.</p>
<p>Según detalla, cada receta electrónica o digital deberá contar con ciertos requisitos para ser considerada válida. Entre ellos, se destaca la obligación de que tengan un identificador único e irrepetible. Además, debe cumplir con los estándares de seguridad y ser inalterable. Asimismo, tendrán que tener la fecha de inicio de vigencia; el plazo es de 30 días corridos para los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (prácticas, estudios, prestaciones, etc.), salvo disposición en contrario, y pueden extenderse también recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días.</p>
<p>El inicio del proceso de inscripción que deberán realizar las plataformas, aplicaciones y sistemas de receta electrónica o digital y de teleasistencia, que se realizará hasta el 31 de diciembre de 2023. A partir de marzo de 2024 se dará inicio al proceso de aprobación de todas aquellas plataformas que se hayan inscripto.</p>
<p>La implementación de los requisitos de las recetas electrónicas o digitales y el registro de sus plataformas será progresivo. Aquellas recetas electrónicas o digitales que se están utilizando actualmente continúan siendo válidas, en tanto cumplan con los requisitos básicos previstos por las normas ya vigentes, en los términos que la cartera sanitaria ha establecido y conforme al cronograma de implementación.</p>
<p>Las recetas digitales no se efectuarán a través de una plataforma única unificada en todo el país. En esta primera instancia, que se prolongará por 12 meses, todas las plataformas que hoy están en uso podrán seguir utilizándose.</p>
<p>En paralelo, se creó la Licencia Sanitaria Federal, que “incluirá a todas las matrículas habilitantes de los profesionales de la salud registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud” y otorgará una “clave única de identificación de profesional sanitario”, con el objetivo de “identificar de manera unívoca a los profesionales que prestan sus servicios” en todo el país y “como acceder a los sistemas interoperables para la implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el Sistema Sanitario Argentino”. (DIB)</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno reglamentó la ley. Se oficializó a través del decreto 98/2023. Además creó la Licencia Sanitaria Federal
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2023-03-01T16:18:35+00:00</updated>
                <published>2023-02-28T17:15:33+00:00</published>
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        <title>
            Extendieron hasta febrero el envío de recetas por WhatsApp para enfermos crónicos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/salud/extendieron-hasta-febrero-el-envio-de-recetas-por-whatsapp-para-enfermos-cronicos" type="text/html" title="Extendieron hasta febrero el envío de recetas por WhatsApp para enfermos crónicos" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Luego de la queja de cientos de pacientes, el Ministerio de Salud de la Nación advirtió que las personas en tratamiento crónico podrán mantener la modalidad previa de envío de recetas por WhatsApp hasta el mes de febrero.</p>
<p>Cabe recordar que la publicación en el Boletín Oficial, durante la madrugada del lunes, de un cambio en las recetas digitalizadas, generó fuertes inconvenientes en los pacientes que buscaban adquirir medicamentos para tratar sus patologías.</p>
<p>Ahora, el Ministerio de Salud emitió un comunicado en el que advirtió que, para aquellos con tratamientos crónicos, se mantendrá la modalidad previa hasta el 28 de febrero.</p>
<p>La cartera que conduce Carla Vizzotti había establecido que ya no será válida la foto de la orden médica y que sólo se aceptará receta en papel o electrónica con firma digital, salvo en el caso de los afiliados al PAMI.</p>
<p>“Lo que se dejó sin efecto es la prescripción de medicamentos a través de fotos de las recetas enviadas por mensaje de texto, aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax, que había sido autorizada con carácter excepcional durante el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio. Estas fotos de recetas no son recetas digitales o electrónicas”, recalcó.</p>
<p>“El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional”, informaron en un comunicado.</p>
<p>En tanto, “en acuerdo con asociaciones farmacéuticas, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina y la Superintendencia de Salud, se definió que a aquellos pacientes con enfermedades crónicas que venían utilizando esta modalidad hasta hoy, se les aceptará la foto de la receta en las farmacias hasta el próximo 28 de febrero, para facilitar el proceso de transición”.</p>
<p>Es que, según indicaron en el documento conjunto, “de modo excepcional, se había autorizado, mientras durara el ASPO, la utilización de fotos de recetas enviadas por canales digitales (Whatsapp y correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días, mecanismo sólo aceptable en tiempos de emergencia”.</p>
<p>“La resolución 696/20 había sido emitida para que los pacientes con patologías crónicas no tuvieran que circular para continuar su tratamiento en medio del aislamiento. En un contexto epidemiológico y sanitario diferente, es imprescindible retomar los procedimientos habituales, que permiten una mayor seguridad y trazabilidad de los medicamentos, promoviendo su uso racional”, afirmaron el escrito previo.</p>
<p>Según habían indicado desde el Ministerio de Salud en un comunicado emitido durante la noche de este lunes, luego de que cientos de pacientes se quejaran en redes sociales y las mismas farmacias, “lo que se derogó es la resolución 696 dictada en 2020, que permitía, en contexto de ASPO y con carácter de excepción, la prescripción de medicamentos mediante mensajes de texto o aplicaciones de mensajería vía web”. Al tiempo que advertían que “las recetas digitales y/o electrónicas (con firma electrónica o digital) seguirán siendo aceptadas como hasta ahora”.</p>
<p>Y continuaron que, “pasada la emergencia, resulta conveniente volver a los mecanismos anteriores, que garantizan una mayor seguridad porque tienen menos posibilidades de ser falsificados y alientan un uso responsable de los medicamentos, tal como se acordó con ministros y ministras de salud de todo el país en el Consejo Federal de Salud del 4 de octubre del presente año”. (DIB)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>El Ministerio de Salud de la Nación prorrogó el uso de la foto de la orden médica sólo para determinados casos, tras algunas críticas por el cambio de reglas.
]]>
                </summary>
                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2022-12-29T14:09:19+00:00</updated>
                <published>2022-12-28T18:05:34+00:00</published>
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        <title>
            Promulgan la ley para que los antibióticos sean vendidos únicamente con receta archivada
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/salud/promulgan-la-ley-para-que-los-antibioticos-sean-vendidos-unicamente-con-receta-archivada" type="text/html" title="Promulgan la ley para que los antibióticos sean vendidos únicamente con receta archivada" />
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/salud/promulgan-la-ley-para-que-los-antibioticos-sean-vendidos-unicamente-con-receta-archivada">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno promulgó este miércoles la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos, conocida como Ley de Antibióticos, a través de la que se busca promover la prevención y el control de la resistencia a ese tipo de medicamentos que, a partir de ahora, tal como ocurre con los psicofármacos, deberán venderse únicamente con receta archivada.</p>
<p>La Ley 27.680 había sido aprobada por unanimidad hace algunas semanas en el Senado y tiene como uno de sus principales objetivos fomentar el uso apropiado de los antibióticos y disminuir su ingesta innecesaria.</p>
<p>Según la legislación oficial promulgada en el Boletín Oficial, corresponde la categoría de “venta bajo receta archivada” a “todas aquellas especialidades medicinales y medicamentos industriales constituidos por principios activos que por su acción sólo deben ser utilizados bajo rigurosa prescripción y vigilancia médica, por la peligrosidad y efectos nocivos que un uso incontrolado pueda generar”.</p>
<p> </p>
<p>El uso de antibióticos en cualquier circunstancia y sin regulación puede promover el desarrollo de resistencia, por lo que una de las principales estrategias para limitar y contener esta problemática es la restricción del uso de antimicrobianos a las situaciones en las que sean imprescindibles o insustituibles.</p>
<p>La resistencia antimicrobiana, una de las principales amenazas de salud pública, se trata de un proceso que se produce cuando los microrganismos patógenos que causan enfermedades se vuelven resistentes a los medicamentos que se utilizan para combatirlos.</p>
<p>El artículo 3 de la ley considera como “antimicrobiano” a aquel “agente o sustancia derivada de cualquier fuente (microorganismos, plantas, animales, sintético o semisintético) que actúa en contra de cualquier tipo de microorganismo como bacterias (antibiótico), micobacterias (tuberculostáticos), hongos (antifúngicos), parásitos (antiparasitarios) o virus (antivirales)”.</p>
<p>Entre los objetivos de esta normativa, se destacan optimizar el uso de medicamentos antimicrobianos; mejorar la sensibilización y los conocimientos en materia de resistencia a los antimicrobianos; reforzar la vigilancia y la investigación en esta temática; prevenir y reducir la incidencia de las infecciones asociadas al cuidado de la salud; trabajar en la eliminación gradual del uso de antimicrobianos como promotores de crecimiento en sanidad animal y asegurar que se realicen inversiones sostenibles en la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos.</p>
<p>A su vez, el artículo 9° establece que la condición de expendio de todas las especialidades medicinales cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica debe ser la de “venta bajo receta archivada”.</p>
<p>El siguiente artículo indica que “en el caso de que la prescripción incluya un ingrediente farmacéutico activo (IFA) que tenga actividad antimicrobiana sistémica, deberá registrar el diagnóstico por el cual el mismo se prescribe”.</p>
<p>Se estableció, además en el artículo 14, que “las presentaciones de expendio de especialidades medicinales cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica deben mantener concordancia con la dosis, el intervalo de dosis y la duración del tratamiento”.</p>
<p>También se reglamentó que “los envases de los medicamentos cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica deberán contar con un etiquetado frontal especial, definido por la autoridad de aplicación, claramente visible”. (DIB)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>La normativa había sido sancionada hace algunas semanas en el Senado. Este miércoles quedó reglamentada con la publicación de un decreto en el Boletín Oficial.
]]>
                </summary>
                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2022-08-25T15:30:15+00:00</updated>
                <published>2022-08-24T15:09:42+00:00</published>
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