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    <title>Pilar de Todos</title>
    <subtitle>El diario digital de Pilar con la mayor información y actualidad diaria del Distrito y la región. Sitio con notas, entrevistas, datos, análisis y opinión de Pilar, la región y la Argentina.</subtitle>
    <updated>2026-04-21T16:13:46+00:00</updated>
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            Se encadenó a IOMA para reclamar la entrega de un dispositivo para su hijo con discapacidad
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oBZsarITvtiFYjPzDCJCimwcL1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/04/se_encadeno_a_ioma_en_pilar_para_reclamar_la_entrega_de_un_dispositivo_para_su_hijo_con_discapacidad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una vecina de Pilar se encadenó en la sede de IOMA para reclamar que la Obra Social le entregue de manera inmediata un dispositivo médico para su hijo con discapacidad.</p><p>Casandra Manzano tomó esa drástica decisión tras haber agotado diversas instancias en el marco de un trámite que inició en el año 2024.</p><p>La mujer relató que se trata del pedido de un dispositivo de comunicación que le ayudará a su hijo Benjamín, de 14 años, a mejorar su calidad de vida y la interacción con su entorno.</p><p>“Benjamín tiene parálisis cerebral. El dispositivo fue solicitado desde el 2024 y además en noviembre del año pasado se dictó una medida cautelar intimando a IOMA la entrega del mismo. Que mi hijo tenga una mejor calidad de vida depende de ese dispositivo”, relató en un video en donde se la ve encadenada a la reja de la sede IOMA ubicada sobre la calle Chacabuco al 600 en el centro de Pilar.</p><p>“Ese dispositivo es algo fundamental en la vida de mi hijo porque es lo que le va a dar voz. Este sistema cuenta con un lector de iris que permite que quien lo utilice pueda escribir con la vista y el sistema, por medio de una tablet, reproduce el mensaje”, detalló.</p><p>La mujer, en diálogo con el programa radial Agenda Propia, resaltó que hubo desacuerdos entre la Obra Social y la empresa proveedora del insumo. “Y en el medio está mi hijo”, se quejó.</p><p>“A raíz de esta situación, Benjamín ha llegado a sentir ganas de morir”, se lamentó la mujer.</p><p>“Decidí encadenarme porque ya no damos más, no podemos seguir esperando más tiempo. De esto depende la vida de mi hijo”, expresó Casandra quien prometió regresar a la sede pilarense este miércoles por la mañana.</p><p lang="es" dir="ltr">Se encadenó a IOMA para reclamar la entrega de un dispositivo para su hijo con discapacidad https://t.co/B3eLrwfmn8 pic.twitter.com/6SAod8VEOb</p>— Pilar de Todos (@PilarDeTodos) April 21, 2026 ]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oBZsarITvtiFYjPzDCJCimwcL1I=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/04/se_encadeno_a_ioma_en_pilar_para_reclamar_la_entrega_de_un_dispositivo_para_su_hijo_con_discapacidad.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Casandra permaneció varias horas en la sede de la Obra Social. Busca que le entreguen “de manera inmediata” un insumo que ayudará a su hijo a comunicarse. Inició los trámites en 2024.]]>
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                <published>2026-04-21T16:05:12+00:00</published>
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            Paro de 72 horas en el PAMI: médicos denuncian un recorte encubierto
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DmO2ZHHCAAC8heEdrYH0Tjeec20=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/04/paro_de_72_horas_en_el_pami_medicos_denuncian_un_recorte_encubierto.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El sistema de atención del PAMI atraviesa un nuevo conflicto luego de que médicos de cabecera iniciaran un paro de 72 horas en todo el país. La medida de fuerza surge en rechazo a una resolución reciente que, según denuncian los profesionales, implica una caída en sus ingresos reales.</p><p>De acuerdo a información de la agencia Noticias Argentinas, la protesta impacta en la atención habitual de miles de afiliados, en un contexto de creciente tensión por las condiciones laborales dentro del organismo.</p>Cambios en el esquema de pagos<p>El eje del conflicto es la Resolución 2026-1107-INSSJP-DE, publicada el 9 de abril, que introduce modificaciones en el sistema de remuneración de los médicos de cabecera.</p><p>Desde el sector aseguran que la normativa fue presentada como un “ordenamiento”, pero que en la práctica implica un ajuste. Uno de los puntos centrales es la actualización del valor de la cápita, que pasa a $2.100 por afiliado.</p><p>Sin embargo, los profesionales sostienen que ese incremento es insuficiente frente a la eliminación de otros ingresos. “No es un aumento, es un recorte encubierto al trabajo médico”, señalaron.</p>Menos ingresos y más carga laboral<p>Entre los principales cambios cuestionados se encuentra la eliminación del pago por consulta presencial, un mecanismo que permitía facturar hasta 140 atenciones mensuales. A esto se suma la incorporación de múltiples prestaciones dentro de un monto fijo y la quita de incentivos vinculados a la formación profesional.</p><p>Según explican, el nuevo esquema establece un ingreso fijo por afiliado que debe cubrir la totalidad de la atención médica, incluyendo consultas, seguimiento y prácticas, lo que consideran insuficiente.</p><p>“Se cobra más por cápita, pero se pierde mucho más por lo que se elimina”, advierten desde el sector.</p><p>En ese sentido, aseguran que el impacto es directo: mayor carga de trabajo, menores ingresos y pérdida de reconocimiento profesional. Además, remarcan que el esquema resulta inviable para sostener consultorios privados, que deben afrontar costos como alquileres, servicios e insumos.</p>Reclamos y tensión en el sistema<p>La resolución también introduce cambios administrativos, como la modificación del nomenclador y la implementación de un esquema unificado para médicos de cabecera, con el objetivo de simplificar la normativa vigente.</p><p>Además, elimina incentivos económicos destinados a la formación de posgrado, bajo el argumento de que esos objetivos ya fueron cumplidos. Esta decisión generó rechazo entre los profesionales, que cuestionan la falta de reconocimiento a la capacitación continua.</p><p>El conflicto se desarrolla en un escenario de creciente tensión dentro del sistema de salud del organismo, con medidas de fuerza en curso y un reclamo que podría profundizarse en caso de no haber respuestas oficiales.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/DmO2ZHHCAAC8heEdrYH0Tjeec20=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/04/paro_de_72_horas_en_el_pami_medicos_denuncian_un_recorte_encubierto.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida afecta la atención en todo el país. Cuestionan una resolución que reduce ingresos pese al aumento de la cápita.]]>
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                                <category term="salud" label="Salud" />
                <updated>2026-04-14T14:11:15+00:00</updated>
                <published>2026-04-14T14:01:10+00:00</published>
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            Crean un registro para garantizar la atención médica de los monotributistas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/r3U2VdG97PK6TnFKQXLoIP4K7ac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/1ae587e9b7ffafa10dde578171180f99.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Superintendencia de Servicios de Salud publicó este jueves en el Boletín Oficial la Resolución 492/2026, que crea una sección especial en el Registro de Agentes de Salud destinada a entidades dispuestas a recibir afiliados monotributistas provenientes de obras sociales o prepagas dadas de baja por el organismo.</p><p>&nbsp;</p><p>La inscripción en esta sección implica el compromiso expreso de incorporar a estos afiliados, garantizando la continuidad de su cobertura. Podrán inscribirse los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren activos en el sistema, registrados conforme al artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 y que no estén sujetos a procedimientos de crisis.</p><p>La medida se enmarca en los criterios establecidos por el Decreto 1400/2001, que regula la distribución de beneficiarios cuando una entidad es dada de baja, y fija los parámetros para su reasignación entre los agentes que acepten incorporarlos.</p><p>Es importante destacar que esta disposición aplica exclusivamente a monotributistas. En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se mantiene el derecho a ejercer la opción de cambio a través de la web de la Superintendencia, pudiendo elegir libremente entre las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS).</p><p>El objetivo central es garantizar que los afiliados no pierdan en ningún momento su cobertura de salud. En este sentido, la Superintendencia continúa avanzando en el ordenamiento del sistema, promoviendo la competencia, la transparencia y la libertad de elección.</p><p>&nbsp;</p>Mecanismos de control y garantías para los afiliados<p>La medida incorpora controles operativos e informáticos para que la reasignación de afiliados se realice de manera automática y segura, evitando interrupciones en la cobertura. El nuevo esquema de gestión, impulsado por la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud, exige el cumplimiento estricto de los requisitos legales antes de admitir nuevos afiliados y promueve herramientas de auditoría para monitorear el sistema.</p><p>La resolución destaca que, hasta ahora, el esquema vigente dificultaba la reasignación de afiliados monotributistas frente a situaciones de incumplimiento, liquidación o crisis en las entidades. Con este reordenamiento, el objetivo es que ningún monotributista quede sin servicios médicos en caso de baja de su agente de salud.</p><p>El establecimiento de este registro busca fortalecer la competencia entre las obras sociales, que deberán mejorar la calidad de sus prestaciones para mantener y atraer afiliados. Los usuarios, en tanto, contarán con mayor información y alternativas, lo que incrementa su seguridad ante eventuales cambios en la estructura de la cobertura médica en Argentina.</p><p>La medida representa un avance en la transparencia y el ordenamiento del sistema, garantizando que los monotributistas no pierdan en ningún momento su derecho a la atención sanitaria, según lo señalado por la Superintendencia de Servicios de Salud en la normativa publicada.</p><p>Fuente: Agencia DIB</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/r3U2VdG97PK6TnFKQXLoIP4K7ac=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/1ae587e9b7ffafa10dde578171180f99.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Es para las personas con monotributo afectadas por la baja de obras sociales. La resolución 492/2026 se publicó en el Boletín Oficial.]]>
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2026-03-19T13:38:05+00:00</updated>
                <published>2026-03-19T13:28:25+00:00</published>
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            Oficial: obligan a las prepagas a dejar de triangular aportes con obras sociales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZYZbrVCeOhLjZXJwa9kX8-byp9g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/33728e89e6ee3ad94d9bcda438122998.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicó este lunes en el Boletín Oficial la Resolución 3284/2024, según la cual a partir del 1° de diciembre de 2024 todas las prepagas deberán inscribirse en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) para que los afiliados puedan dejar de tercerizar los aportes con una obra social sindical y derivarlos en forma directa.</p>
<p>Después de anunciar que Swiss Medical inició el proceso para que los aportes de sus afiliados no triangulen con obras sociales y vayan directo a la empresa de salud, el flamante ministro del área, Mario Lugones, se reunió con las principales prepagas del país para informarles el próximo paso del Gobierno.</p>
<p>Ahora se conoció el detalle de la normativa. “Determínase que a partir del 1º de diciembre de 2024, todas las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social, deberán estar inscriptas en el Registro de Agentes del Seguro de Salud (R.N.A.S.) con encuadre en el inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660”, indicó el artículo 1° de la normativa.</p>
<p>El siguiente apartado estableció que esa inscripción “habilitará a las entidades a ofrecer planes de salud, siempre y cuando, cumplan con los requisitos establecidos en las Leyes NROS. 23.660, 23.661, 26.682, sus modificatorias y reglamentarias”.</p>
<p>Luego, se aclaró que “el incumplimiento de la inscripción conforme lo establecido en el ARTÍCULO 1°, impedirá la comercialización de dichos planes y dará lugar al inicio del procedimiento sumarial para la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 24 de la Ley Nº 26.682”.</p>
<p>Hasta ahora, la masa de aportes de las personas va a las obras sociales con las que las prepagas tienen un convenio para los desregulados del sistema. Esas entidades gremiales se quedan con una comisión y derivan la mayor parte a la empresa de medicina privada que es cobertura del afiliado.</p>
<p>Así, se conforma una especie de “peaje” que en general, en el caso de las grandes prepagas, está en el orden del 2 o 3 por ciento, aunque en el caso de prepagas chicas puede ser un porcentaje mayor. Ahora la incógnita se centra en conocer qué pasará con los 10 mil millones de pesos mensuales que se estima cuesta sostener el sistema de triangulación.</p>
<p>“La transparencia en la operación sobre aquellos fondos que lleven adelante los Agentes del Seguro de Salud es un principio fundamental para garantizar que los beneficiarios sepan con precisión de qué forma se emplean sus aportes y contribuciones”, explicó la SSS en los considerandos de la Resolución.</p>
<p>También señaló que “la inscripción de las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 26.682 en el registro correspondiente permite un control adecuado de los planes de salud ofrecidos por las entidades, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y la protección de los derechos de los usuarios del sistema de salud”.</p>
<p>Según se supo, aquellas prepagas que no estén inscriptas en el registro como agentes del seguro de salud no podrán seguir recibiendo los aportes de los afiliados y deberán conformarse sólo con los contratos privados, por fuera del sistema de la seguridad social. (DIB)</p>
<p> </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ZYZbrVCeOhLjZXJwa9kX8-byp9g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/33728e89e6ee3ad94d9bcda438122998.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno oficializó la decisión a través del Boletín Oficial. Las empresas de medicina privada deberán estar inscriptas en un registro a partir del 1° de diciembre.
]]>
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2024-10-08T15:45:32+00:00</updated>
                <published>2024-10-07T12:59:05+00:00</published>
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            Oficializan el decreto que desregula las obras sociales: las claves de los cambios
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q5jKUwURa5bEsxoxvmJz9uGNH1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/1e0bd4f001eafd0a3d192e62b5822160.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno nacional oficializó este miércoles el decreto que desregula las obras sociales para los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros, con su publicación en el Boletín Oficial.</p>
<p>El Decreto 170/2024 lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del responsable de la cartera sanitaria, Mario Antonio Russo, y busca que los trabajadores puedan optar libremente por los servicios de las prestadoras que administran los sindicatos o las prepagas.</p>
<p>La norma establece “el derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.</p>
<p>La libre elección podrá ejercerse por el pazo que determine la autoridad de aplicación y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud, dice el decreto.</p>
<p>Además, especifica: “El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una entidad de medicina prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma entidad de medicina prepaga”.</p>
<p>“El presente decreto comenzará a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”, es decir desde marzo, concluye la norma.</p>
<p>Desde las empresas prepagas alertan que las cuotas podrían incrementarse ya que -aseguran- no estar en condiciones de absorber el 20% adicional que deberán aportar al Fondo Solidario de Redistribución, en medio de las complicaciones que atraviesa el sistema.</p>
<p>En este contexto, una “buena” para las prepagas es que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el organismo oficial que regula el funcionamiento del sistema, no tendrá ninguna competencia para fijar los valores de cuotas de los servicios.</p>
<p> </p>
Claves para entender los cambios en las obras sociales
<p>* Los trabajadores ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo. Podrán elegir una obra social o prepaga desde el primer día del comienzo de un nuevo empleo y sin ningún tipo de intermediación.</p>
<p>* Se elimina la obligación de triangular los aportes con una obra social a los trabajadores que quieren contar con los servicios de una prepaga.</p>
<p>* Se podrá ejercer el derecho de libre elección una vez al año y en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral.</p>
<p>* Las obras sociales que administran los sindicatos estarán obligadas a competir en igualdad de condiciones con las prepagas por la afiliación de los trabajadores en relación de dependencia. Para ello las prepagas se encuentran obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución por el total de la cuota que reciben (aproximadamente un 20%). (DIB)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/q5jKUwURa5bEsxoxvmJz9uGNH1M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/1e0bd4f001eafd0a3d192e62b5822160.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El objetivo es dar libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas. A quiénes afecta.
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                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2024-02-23T01:13:21+00:00</updated>
                <published>2024-02-21T12:56:07+00:00</published>
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