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    <title>Pilar de Todos</title>
    <subtitle>El diario digital de Pilar con la mayor información y actualidad diaria del Distrito y la región. Sitio con notas, entrevistas, datos, análisis y opinión de Pilar, la región y la Argentina.</subtitle>
    <updated>2026-02-26T21:36:38+00:00</updated>
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        <title>
            Monotributo: paso a paso para apelar una recategorización de oficio de ARCA
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v4TieFy7pd_Gx1rp1Nci-d11Qfs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo_paso_a_paso_para_apelar_una_recategorizacion_de_oficio_de_arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En las últimas semanas, miles de &nbsp;monotributistas fueron notificados de recategorizaciones de oficio dispuestas por la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero). Según explicó el organismo, las medidas se adoptaron luego de detectar movimientos en billeteras virtuales y medios electrónicos de cobro que no se condecían con la categoría en la que los contribuyentes se encontraban inscriptos.Desde ARCA aclararon que el análisis no se centra en transferencias personales, sino en cobros vinculados a la actividad económica que no estarían reflejados en la facturación declarada. Cuando esos ingresos superan los parámetros de la categoría vigente, el sistema puede disparar una recategorización automática.</p><p>“ARCA no utiliza transferencias personales (préstamos, regalos, propinas, dinero propio transferido entre cuentas, etc.) para recategorizar. Lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas. Se miran cobros, no transferencias”, señalaron desde el gobierno, pese a que cientos de monotributistas fueron categorizados en escalas superiores sin que hayan tenido ventas mediante esos medios.</p>Cuándo ARCA puede recategorizar de oficio<p>La recategorización del Monotributo es una obligación semestral que debe realizarse en febrero y agosto, tomando como referencia los últimos doce meses de actividad. Sin embargo, cuando el contribuyente no cumple el trámite en término o cuando el organismo detecta inconsistencias objetivas entre la categoría declarada y la información disponible, puede disponer una recategorización de oficio.</p><p>Para ese análisis se consideran, entre otros factores, los ingresos brutos acumulados, los cobros electrónicos registrados, el consumo de energía eléctrica, la superficie afectada a la actividad y, en caso de corresponder, los alquileres devengados.</p><p>La decisión se notifica a través del Domicilio Fiscal Electrónico y detalla la nueva categoría asignada, el período de aplicación y los fundamentos del cambio.</p>Cómo revisar la notificación oficial<p>Ante una recategorización de oficio, el primer paso es ingresar al Domicilio Fiscal Electrónico, es decir el mail declarado ante ARCA, y analizar el contenido de la comunicación. Allí se especifican los parámetros que motivaron el ajuste, lo que permite al contribuyente verificar si los datos utilizados reflejan correctamente su situación real. &nbsp;En particular, se recomienda revisar la facturación emitida, los cobros a través de tarjetas, QR o billeteras virtuales y la correspondencia de esos ingresos con la actividad declarada.</p>Paso a paso para apelar la recategorización<p>Si el monotributista considera que la recategorización no corresponde, puede presentar una apelación dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a la notificación. El trámite es digital y se realiza a través del portal oficial.1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Ingresar al portal de Monotributo con clave fiscal.2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Acceder al servicio “Presentaciones Digitales”.3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Seleccionar el trámite “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Redactar el descargo, explicando de forma clara por qué la categoría asignada no refleja la realidad de la actividad.5.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Adjuntar documentación respaldatoria, como facturas emitidas, resúmenes de cobros, constancias bancarias, contratos u otros comprobantes.6.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Enviar la presentación y conservar el acuse de recibo digital.</p><p>La solidez del descargo y la documentación adjunta resultan claves para que el organismo revise la medida.</p>Qué ocurre si no se apela a tiempo<p>Si el plazo de 15 días hábiles vence sin que se presente ningún recurso, la recategorización de oficio queda firme. En ese caso, el contribuyente deberá abonar el importe correspondiente a la nueva categoría desde el período indicado en la notificación, incluyendo los ajustes que pudieran derivarse.</p><p>Aun vencido el plazo, es posible presentar un recurso fuera de término mediante la misma plataforma, aunque la evaluación suele ser más restrictiva.</p>Impacto de la nueva tabla del Monotributo<p>ARCA publicó recientemente la tabla del Monotributo vigente, con valores incrementados en un 14,29% respecto del semestre anterior. El impacto económico para cada contribuyente depende de si mantiene su categoría original o si, tras la recategorización, es ubicado en un tramo superior o inferior.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/v4TieFy7pd_Gx1rp1Nci-d11Qfs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/2026/02/monotributo_paso_a_paso_para_apelar_una_recategorizacion_de_oficio_de_arca.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En las últimas semanas, el organismo recategorizó a varios monotributistas al detectar movimientos en billeteras virtuales que no se correspondían con la categoría declarada.]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2026-02-26T21:36:38+00:00</updated>
                <published>2026-02-26T21:22:19+00:00</published>
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            El Gobierno analiza eliminar Monotributo y bajar piso de Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6NFMFaL9wJciskHRZXJFbT3_uuo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/7ee867f95798df182da1aa8d7a1e71d0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno analiza eliminar el Monotributo y bajar el piso de Ganancias, en el marco de reformas con las que busca formalizar la economía.</p>
<p>De acuerdo con información que trascendió, el Gobierno les dijo a empresarios que estudia estas modificaciones y que en el nuevo esquema podría pasar a todos los contribuyentes al régimen general.</p>
<p>El objetivo es “formalizar” la economía, según reuniones que mantuvo el equipo económico con el sector privado.</p>
Principales cambios que evalúa el Gobierno
<p>Monotributistas: eliminarían el régimen y los contribuyentes pasarían a autónomos. Autónomos: se evalúa una escala de $100.000 a $500.000 y habilitar deducciones de gastos personales. En cuanto al IVA, se fija un umbral mínimo equivalente a la Categoría F del monotributo ($3 millones mensuales). Ganancias: Evaluan la creación de un único mínimo no imponible equivalente a un salario promedio de $1,7 millones en 2025. Nuevo régimen de empleo: Para las empresas con empleados en relación de dependencia se plantea la reducción de contribuciones y aportes para nuevas relaciones laborales. Aplicaría también para trabajadores que estuvieron 6 meses sin empleo y ex monotributistas.Según los últimos datos oficiales, Argentina registra unos 2.159.000 monotributistas. </p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/6NFMFaL9wJciskHRZXJFbT3_uuo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/7ee867f95798df182da1aa8d7a1e71d0.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Lo dijo a empresarios; el objetivo es “formalizar” la economía
]]>
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                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-11-17T04:28:42+00:00</updated>
                <published>2025-11-14T12:52:21+00:00</published>
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            Cómo quedaron los nuevos valores del Monotributo y del impuesto a las Ganancias
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ERwUV3yPDhUHz3-UHggkvYqYPvo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/ae044e8a640fb77d794694f868e9c9c5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Tras la divulgación del dato de la inflación de junio, que según el Indec fue del 1,6%, se fijó el incremento de los valores de sueldos y facturación que determinan quiénes pagarán el impuesto a las Ganancias y el Monotributo. El aumento, que es del 15,1%, se relaciona directamente con la suba de la inflación de los últimos seis meses. Se actualizan tanto los mínimos no imponibles como las deducciones personales y las cuotas que deben abonar los trabajadores, autónomos y pequeños contribuyentes, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Medidas Fiscales de 2024. Así, en el caso del Monotributo, las cuotas arrancarán en $ 37.086 a partir del próximo mes.</p>
<p>El mecanismo semestral de actualización tiene como objetivo que los trabajadores no pasen a tributar exclusivamente por incrementos nominales provocados por el avance de la inflación. El reajuste se refleja tanto en Ganancias como en los parámetros y vigencia del Monotributo, por lo que impacta en la masa de empleados en relación de dependencia y profesionales independientes, así como en pequeños contribuyentes.</p>
Facturación y cuotas
<p>Las novedades en el Monotributo tienen que ver tanto con los parámetros de facturación como al valor de las cuotas mensuales. La escala A sube de $ 7.813.063 a $ 8.992.835 de facturación anual máxima, mientras que la punta más alta de la tabla pasa de $ 82.370.281 a $ 94.808.193. Además, las cuotas mensuales aumentan 15,1%. Los valores concretos quedan en $ 37.086 para la categoría inicial y $ 42.217 para la categoría B, con ajuste proporcional para las escalas superiores.</p>
<p>La vigencia de estos valores para el Monotributo comienza en agosto y deja sin variaciones la cuota correspondiente a julio, cuyo vencimiento es el día 21.</p>
<p>A partir de que ARCA publique las nuevas tablas, los contribuyentes podrán ingresar para conocer o modificar su categoría según los ingresos, alquileres, superficie y consumo eléctrico de los últimos 12 meses. El organismo estableció como fecha límite el 5 de agosto para realizar la recategorización.</p>
<p>En caso de omisión o declaración inexacta durante el proceso de recategorización, ARCA ejerce la potestad de modificar la categoría automáticamente. Lo hace cuando detecta que los consumos u operaciones superan el tope de ingresos brutos anuales admitido para el rango declarado por el contribuyente.</p>
Ganancias
<p>En cuanto al impuesto a las Ganancias, ahora un empleado en relación de dependencia, sin hijos y sin otras deducciones, quedará exento de Ganancias si su ingreso mensual bruto no supera los $ 2.624.000. Este umbral se traduce, tras los descuentos legales, en aproximadamente $ 2.178.000 de ingreso neto.</p>
<p>Para un empleado con dos hijos, el tope libre de impuesto asciende a $ 3.054.000 brutos, que equivale a un neto de $ 2.535.000. En el caso de trabajadores casados con dos hijos, la exención cubre ingresos de hasta $ 3.464.000 brutos y cerca de $ 2.890.000 netos. (DIB) MM</p>
<p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ERwUV3yPDhUHz3-UHggkvYqYPvo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/ae044e8a640fb77d794694f868e9c9c5.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Luego de conocerse el valor de la inflación de junio, la actualización semestral será del 15,1%. Las cuotas del Monotributo arrancarán en $ 37.086 para la categoría inicial.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-07-16T19:47:12+00:00</updated>
                <published>2025-07-15T14:22:50+00:00</published>
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        <title>
            Confirman aumento en las cuotas y topes del monotributo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/confirman-aumento-en-las-cuotas-y-topes-del-monotributo" type="text/html" title="Confirman aumento en las cuotas y topes del monotributo" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oVM09iSi4a4bavx8N41XF7llcbg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/878a4c181b38f2e0c403afbc19e4e881.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El tope de facturación anual del monotributo pasará de 82 a 95 millones de pesos, anunció el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari.</p>
<p>El funcionario dijo que “equivale a 74.500 dólares por año”.</p>
<p>Y recordó que "en diciembre de 2023 (cuando asumió el gobierno de Javier Milei9, el máximo era de 6.300 dólares anuales (12 veces menos)”.</p>
<p>Con el dato de inflación de la primera mitad del año, que el INDEC informará este lunes, se modifican el Mínimo no imponible y las escalas del impuesto a las Ganancias.</p>
<p>También se actualizan los niveles de facturación de las categorías y el valor de las cuotas del Monotributo.</p>
<p>En tanto, con el porcentaje de inflación de junio, queda determinado el aumento de las jubilaciones y pensiones de agosto.</p>
<p>Estos cambios se deben a que las deducciones y alícuotas de Ganancias se actualizan en forma semestral, según la evolución del IPC en los meses de enero y julio.</p>
<p>También se actualiza del mismo modo el Monotributo en los montos de facturación, alquileres devengados, el monto del impuesto y las cotizaciones previsionales.</p>
<p>El mínimo no imponible de Ganancias -que indica los ingresos que se puede percibir sin estar alcanzado por ese impuesto- pasaría de $ 2,3 millones a $ 2,6 millones mensuales para los sueldos brutos de los solteros sin hijos. Y casado con 2 hijos de $ 3 millones en casi $ 3,5 millones.</p>
<p>También se incrementan los valores máximos que pueden deducirse del ingreso sujeto al impuesto (base imponible) por determinados gastos, como el de salarios del servicio doméstico, el de gastos educativos de los hijos y el de alquiler de la vivienda.</p>
<p>Esas deducciones deben registrarse en el Formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador.</p>
<p>Los ingresos por encima del Mínimo No Imponible y demás deducciones quedan alcanzados con alícuotas progresivas que van del 5 al 35% y se aplica sobre la ganancia neta.</p>
<p>En el caso del Monotributo, la primera categoría (A) pasaría de facturar hasta $ 7.813.063 anuales a $ 9 millones. Y la categoría más alta de $ 82.370.281 anuales a $ 95 millones.</p>
<p>Por su parte, las cuotas mensuales subirían en torno del 15,3/15,6%. Así, la categoría de $32.221 ascendería a poco más de $ 37.000. La categoría B de $ 36.679 pasaría a más de $ 42.000. Y así hasta la categoría máxima. Los nuevos valores rigen de agosto a enero 2026.</p>
<p>Una vez que ARCA publique las nuevas tablas, los monotributistas podrán recategorizarse.</p>
<p>Para la recategorización habrá plazo hasta el 5 de agosto. “No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad”, según ARCA.</p>
<p>Los períodos de recategorización son cada 6 meses, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.</p>
<p>Por su parte, si un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta, ARCA puede “recategorizarlo de oficio.</p>
<p>El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.</p>
<p>ARCA informó que "en los próximos días se habilitará el acceso para realizar la recategorización, luego de la publicación de los nuevos valores del índice de precios al consumidor (IPC). Tendrás tiempo hasta el 05/08 para revisar tus ingresos de los últimos 12 meses y completar el trámite, si corresponde".</p>
<p> </p>
<p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/oVM09iSi4a4bavx8N41XF7llcbg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/878a4c181b38f2e0c403afbc19e4e881.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobierno actualizó las escalas del Monotributo. El tope máximo de facturación anual pasará a ser de 95 millones de pesos. Ya se viene la recategorización.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-07-15T17:44:55+00:00</updated>
                <published>2025-07-14T12:36:29+00:00</published>
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        <title>
            Nueva herramienta para monotributistas: así podrán controlar su facturación
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/nueva-herramienta-para-monotributistas-asi-podran-controlar-su-facturacion" type="text/html" title="Nueva herramienta para monotributistas: así podrán controlar su facturación" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Gwmede-7XLNq0fn3_Ly5WfepQQU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/e698e7afd8749a058cefdba2686c6b9a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó una nueva herramienta que permitirá a monotributistas llevar un registro detallado de ingresos, optimizar el control sobre la facturación y evitar errores en la carga de datos.</p>
<p>Se trata del Monitor de Facturación, una nueva funcionalidad que apunta a que los usuarios puedan visualizar sus ventas y servicios de forma gráfica e intuitiva, con alertas que les informarán si están por exceder los topes de su categoría dentro del período que se deberá considerar para la próxima recategorización.</p>
<p>¿Cómo funciona el Monitor de Facturación?</p>
<p>A través del Monitor de Facturación, los monotributistas verán en el portal una barra de progreso que se completa según la facturación informada en el período.</p>
<p>La herramienta incluirá una leyenda en la parte superior indicando si el contribuyente superó o no el tope de su categoría o el máximo permitido para el régimen simplificado, tomando en cuenta los últimos doce meses cerrados.</p>
<p>En caso de superar el límite, el sistema recordará los trámites obligatorios que debe realizar, como la recategorización o el pase al régimen general, e informará hasta cuándo se extienden los plazos.</p>
<p>Además, el Monitor de Facturación sigue los mismos criterios de exclusión y recategorización de oficio utilizados por ARCA, orientando a los monotributistas sobre su comportamiento tributario.</p>
<p>El diseño de la nueva herramienta se compone de:</p>
<p>Un detalle de las distintas categorías del monotributo.</p>
<p>La facturación del período.Alertas personalizadas. Recategorización simplificada 2025</p>
<p>Por primera vez, y con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites, en 2025 ARCA implementó la recategorización simplificada, un sistema que muestra automáticamente la facturación anual de cada monotributista.</p>
<p>Con esta nueva funcionalidad, los usuarios pudieron optar por confirmar la categoría sugerida o modificar el monto de facturación.</p>
<p>En este contexto, hasta el 5 de febrero, más de 1.844.000 monotributistas se recategorizaron.</p>
<p>Más del 60% (aproximadamente 1.116.000 contribuyentes) utilizó la nueva herramienta; y más de 727.000 contribuyentes optaron por hacerlo de la forma tradicional.</p>
<p>La próxima instancia de recategorización será en julio de 2025, y en ese momento se deberá considerar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero y junio.</p>
<p>Con el Monitor de Facturación y la recategorización simplificada, ARCA busca facilitar la gestión tributaria de los monotributistas, brindando más control sobre su facturación y evitando errores que puedan derivar en sanciones o exclusiones.</p>
<p>De este modo, los monotributistas pueden revisar su facturación en el portal de ARCA y asegurarse de estar dentro de los límites de su categoría antes de la próxima recategorización en julio.NA</p>
<p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Gwmede-7XLNq0fn3_Ly5WfepQQU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/e698e7afd8749a058cefdba2686c6b9a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Alertas informarán si están por exceder los topes de su categoría
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-02-17T16:42:09+00:00</updated>
                <published>2025-02-14T13:37:26+00:00</published>
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        <title>
            Oficializaron los cambios en el monotributo: cuál es la fecha límite para el trámite
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/oficializaron-los-cambios-en-el-monotributo-cual-es-la-fecha-limite-para-el-tramite" type="text/html" title="Oficializaron los cambios en el monotributo: cuál es la fecha límite para el trámite" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/oficializaron-los-cambios-en-el-monotributo-cual-es-la-fecha-limite-para-el-tramite">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TY7zJv_A3Up2JwxQbMV8TXUvrvw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/82732446b650e88101ff904274a54fe1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno inició el proceso de recategorización de los monotributistas. Fue anunciado días atrás por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y ahora se oficializó con la publicación de la Resolución General 5637/2025 en el Boletín Oficial. El organismo había adelantado que las fechas para realizar este trámite comprendían el período que va desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero.</p>
<p>En las modificaciones sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se establecieron los períodos que se tendrán en cuenta para el cálculo de la categoría a la que traspasarán, dependiendo de las declaraciones. Este cálculo tomará como referencia la información proporcionada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según el porcentaje de variación anual reportado por el INDEC, la actualización de las escalas se efectuará en los meses de enero y julio, considerando los semestres anteriores concluidos en junio y diciembre, respectivamente.</p>
<p>La norma destaca que “la actualización prevista en el artículo 52 del citado Anexo se efectuará semestralmente a partir del año fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.</p>
Procedimientos
<p>A su vez, se agilizan los procedimientos para la recategorización en función de los datos disponibles en los sistemas informáticos del organismo, respecto de los contribuyentes. Al mismo tiempo que se realizará la notificación de las resoluciones en el Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de cambio.</p>
<p>El texto apunta en el artículo 2° a que “toda referencia efectuada a la Administración Federal de Ingresos Públicos en la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y sus complementarias, deberá entenderse realizada a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero”.</p>
<p>En lo referente a la fecha límite para poder llevar adelante el cambio en la categoría del Monotributo, el organismo recaudador determinó que sea el 5 de febrero y que se utilice un sistema simplificado puesto a disposición por el organismo, que permitirá acceder a través de la web o la aplicación. (DIB)</p>
<p> </p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/TY7zJv_A3Up2JwxQbMV8TXUvrvw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/82732446b650e88101ff904274a54fe1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>En las modificaciones sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), se establecieron los períodos que se tendrán en cuenta para el cálculo de la categoría a la que traspasarán, dependiendo de las declaraciones. La actualización de las escalas se realizará en enero y en julio.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-01-23T12:21:26+00:00</updated>
                <published>2025-01-21T14:45:03+00:00</published>
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        <title>
            ¿Qué cambios trae el Monotributo? Todo lo que tenés que saber sobre la recategorización 2025
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/que-cambios-trae-el-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber-sobre-la-recategorizacion-2025" type="text/html" title="¿Qué cambios trae el Monotributo? Todo lo que tenés que saber sobre la recategorización 2025" />
        <id>https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/que-cambios-trae-el-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber-sobre-la-recategorizacion-2025</id>
        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/que-cambios-trae-el-monotributo-todo-lo-que-tenes-que-saber-sobre-la-recategorizacion-2025">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dzha_3QaYauz5j199j9BysS2r50=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/a77bc45a8750b48e4e16f104bb458f9b.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que, desde hoy y hasta el 5 de febrero, está habilitado el sistema para que los contribuyentes puedan, en caso de que les corresponda, realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero.</p>
<p>“Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la Recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual”, señaló el organismo.</p>
<p>Luego “si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente”.</p>
<p>La recategorización también se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil.</p>
<p>La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo, aclaró ARCA.</p>
<p>El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables.</p>
¿Cuánto hay que pagar de monotributo desde febrero de 2025?
<p>A continuación, se detallan los valores del monotributo aplicables desde el 1° de febrero de 2025 por categoría:</p>
<p>Categoría A:</p>
<p>Ingresos brutos: $7.813.063,45Superficie afectada: hasta 30 m²Energía eléctrica consumida: hasta 3330 KwAlquileres anuales: $1.816.991,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $32.221,32Total ventas de cosas muebles: $32.221,32</p>
<p>Categoría B:</p>
<p>Ingresos brutos: $11.447.046,44Superficie afectada: hasta 45 m²Energía eléctrica consumida: hasta 5000 KwAlquileres anuales: $1.816.991,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $36.679,00Total ventas de cosas muebles: $36.679,00</p>
<p>Categoría C:</p>
<p>Ingresos brutos: $16.050.091,57Superficie afectada: hasta 60 m²Energía eléctrica consumida: hasta 6700 KwAlquileres anuales: $2.483.221,72Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $42.951,26Total ventas de cosas muebles: $41.982,19</p>
<p>Categoría D:</p>
<p>Ingresos brutos: $19.926.340,10Superficie afectada: hasta 85 m²Energía eléctrica consumida: hasta 10000 KwAlquileres anuales: $2.483.221,72Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $55.047,33Total ventas de cosas muebles: $53.714,87</p>
<p>Categoría E:</p>
<p>Ingresos brutos: $23.439.190,34Superficie afectada: hasta 110 m²Energía eléctrica consumida: hasta 13000 KwAlquileres anuales: $3.149.451,93Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $77.946,73Total ventas de cosas muebles: $70.436,50</p>
<p>Categoría F:</p>
<p>Ingresos brutos: $29.374.695,90Superficie afectada: hasta 150 m²Energía eléctrica consumida: hasta 16500 KwAlquileres anuales: $3.149.451,93Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $98.096,95Total ventas de cosas muebles: $84.530,08</p>
<p>Categoría G:</p>
<p>Ingresos brutos: $35.128.502,31Superficie afectada: hasta 200 m²Energía eléctrica consumida: hasta 20000 KwAlquileres anuales: $3.755.115,76Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $149.836,63Total ventas de cosas muebles: $103.321,64</p>
<p>Categoría H:</p>
<p>Ingresos brutos: $53.298.417,30Superficie afectada: hasta 200 m²Energía eléctrica consumida: hasta 20000 KwAlquileres anuales: $5.450.974,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $340.061,68Total ventas de cosas muebles: $206.815,64</p>
<p>Categoría I:</p>
<p>Ingresos brutos: $59.620.000,00Superficie afectada: hasta 200 m²Energía eléctrica consumida: hasta 20000 KwAlquileres anuales: $5.450.974,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $626.993,55Total ventas de cosas muebles: $309.020,04</p>
<p>Categoría J:</p>
<p>Ingresos brutos: $68.318.880,36Superficie afectada: hasta 200 m²Energía eléctrica consumida: hasta 20000 KwAlquileres anuales: $5.450.974,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $759.420,03Total ventas de cosas muebles: $377.851,82</p>
<p>Categoría K:</p>
<p>Ingresos brutos: $82.370.281,28Superficie afectada: hasta 200 m²Energía eléctrica consumida: hasta 20000 KwAlquileres anuales: $5.450.974,50Precio unitario máximo: $466.361,15Total locaciones y servicios: $1.050.323,75Total ventas de cosas muebles: $456.773,19</p>
<p>Estos valores son los montos que deberán considerar los monotributistas según la categoría correspondiente.</p>
<p>¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses?Proyección anual utilizando la regla de 3 simpleEjemplo de inicio de actividad: mayo 2024 a diciembreTotal facturado: $5.000.000Cálculo de proyección:Meses de actividad: 8 mesesCálculo: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?Artículo: 52Régimen: Simplificado para Pequeños ContribuyentesLey: 24.977Parámetros actualizados: SemestralmenteIPC a considerar para la actual recategorización: Julio a diciembreIPC a considerar para la próxima recategorización: Enero a junio¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.¿Cómo pagar el monotributo?El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente.Los nuevos valores a abonar estarán vigentes el 20 de febrero.Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago.Se puede corroborar la fecha de vencimiento y el monto a abonar a través del portal Monotributo.</p>
<p>Opciones para el pago de las cuotas:</p>
<p>Volante Electrónico de Pago (VEP)HomebankingCajero automáticoTarjeta de créditoDébito automático en cuenta bancariaMercado Pago</p>
<p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/dzha_3QaYauz5j199j9BysS2r50=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/a77bc45a8750b48e4e16f104bb458f9b.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>ARCA habilitó la recategorización del Monotributo con nuevas escalas desde el 1/2/2025. Conocé los valores actualizados y cómo realizar el trámite simplificado.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2025-01-17T23:00:47+00:00</updated>
                <published>2025-01-16T19:09:43+00:00</published>
    </entry>
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        <title>
            Monotributo: ¿cuánto habría que pagar con los cambios que aplicarán desde enero?
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-cuanto-habria-que-pagar-con-los-cambios-que-aplicaran-desde-enero" type="text/html" title="Monotributo: ¿cuánto habría que pagar con los cambios que aplicarán desde enero?" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-cuanto-habria-que-pagar-con-los-cambios-que-aplicaran-desde-enero">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_k5sqPxReM9nVQga3ac620_nsp4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/5296969b21442ad4658d4ae283bc0513.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>En pocos días empieza el 2025 y con él trae nuevos precios para los gastos cotidianos. Junto a otros aumentos que llegarán durante la época estival, enero vendrá con una actualización del valor de la cuota del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, más conocido como monotributo; más precisamente, el incremento se determinará a partir del 14 del primer mes de año.</p>
<p>De esta manera, se modificará la escala de montos de facturación que determina las categorías para el pago del tributo. Además, se actualizarán los precios de referencia de los alquileres, como así también los aportes a la seguridad social y a los relacionados a la cobertura médica de los usuarios.</p>
<p>A fin de cortar con la ansiedad de muchos, los especialistas se animan a anticipar sumas estimativas tomando el posible resultado del Índice de Precios al consumidor (IPC) que publicará el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC) respecto de diciembre de 2024. Para calcular el nuevo esquema, los expertos parten de una inflación semestral del 21%.</p>
<p>A partir de ese porcentaje se cree que el cociente de actualización del monotributo se ubicará en el 1,21%. El primer dato a tener en cuenta es que, partiendo de estas valoraciones, el monto tope de facturación será de $82.280.000. Es válido aclarar que las modificaciones también recaerá sobre el Monotributo Social. </p>
<p>Los especialistas advierten que el incremento podría ser inferior -1,17%- si el Gobierno de Javier Milei toma la decisión de dejar afuera el resultado del mes de agosto. Esto es porque debido a la discusión en torno al paquete fiscal en el Congreso, en el octavo mes se decidió prorrogar la actualización del segundo semestre.</p>
Cómo quedarían las nuevas escalas
<p>Categoría A – Ingresos Brutos $7.804.500</p>
<p>Importe mensual a pagar: Componente impositivo: $3.630 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $32.186</p>
<p>Categoría B – Ingresos Brutos: $11.434.500</p>
<p>Importe mensual a pagar: Componente impositivo: $6.897 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $36.638,80</p>
<p>Categoría C – Ingresos Brutos: $16.032.500</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $11.858 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $42.904
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $10.890 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $41.936,18

<p>Categoría D – Ingresos Brutos: $19.904.500</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $19.360 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $54.987
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $18.029 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $53.656

<p>Categoría E – Ingresos Brutos: $23.413.500</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $36.300 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $77.861
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $28.798 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $70.359,30

<p>Categoría F – Ingresos Brutos: $29.342.500</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $51.062 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $97.989
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $37.510 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $84.437,43

<p>Categoría G – Ingresos Brutos: $35.090.000</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $92.928 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $149.672
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $46.464 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $103.208,40

<p>Categoría H – Ingresos Brutos: $53.240.000</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $266.200 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $339.689
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $133.100 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $206.588,96

<p>Categoría I – Ingresos Brutos: $59.592.500</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $529.375 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $626.306
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $211.750 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $308.681,35

<p>Categoría J – Ingresos Brutos: $68.244.000</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $635.250 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $758.588
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $254.100 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $377.437,68

<p>Categoría K – Ingresos Brutos: $82.280.000</p>
<p>Importe mensual a pagar:</p>

Servicios – Componente impositivo: $889.350 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $1.049.173
Venta de cosa mueble – Componente impositivo: $296.450 – Total a pagar al sumar aportes a la seguridad social: $456.272,55 (DIB)
]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_k5sqPxReM9nVQga3ac620_nsp4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/5296969b21442ad4658d4ae283bc0513.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El gobierno todavía no oficializó las modificaciones, pero los expertos ya estiman cómo quedarías las categorías y los importes a pagar.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-12-27T22:58:59+00:00</updated>
                <published>2024-12-25T23:20:05+00:00</published>
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        <title>
            Cómo funciona el “Facturador” de ARCA para monotributistas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/como-funciona-el-facturador-de-arca-para-monotributistas" type="text/html" title="Cómo funciona el “Facturador” de ARCA para monotributistas" />
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/066wki8ffN4MEufJwBt3sFw25eU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/ea6b8edade9f9daa151c0e46e39c5a40.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5602/2024, que le dará la posibilidad a todos los monotributistas de emitir comprobantes de venta de bienes y servicios desde teléfonos celulares y computadoras.</p>
<p>La medida fue oficializada este martes, pero “entrará en vigencia el segundo día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”. Según informó ese organismo (ex AFIP), beneficiará a más de 4.5 millones de contribuyentes.</p>
<p>El Facturador fue anunciado por ahora disuelta AFIP a fines de mayo de 2022 y comenzó a funcionar el 1° de junio de ese mismo año, aunque orientada únicamente a pequeños contribuyentes de las categorías A, B y C, y monotributistas sociales.</p>
<p>Desde ARCA aclararon que el uso del Facturador no es obligatorio para los monotributistas, quienes pueden seguir utilizando otros sistemas de facturación electrónica disponibles.</p>
<p>Para utilizar la plataforma se deberá descargar la app ingresando con su CUIT y clave fiscal a facturador.afip.gob.ar a través de los navegadores Google Chrome, en el caso de los dispositivos Android; y Safari para en el caso de los aparatos con el sistema operativo IOS.En el primer caso, los usuarios deberán hacer click en “Instalar” y luego se generará un acceso directo en la pantalla de inicio del teléfono. En el restante, deberán seleccionar “Compartir” y luego presionar en “Agregar a inicio”.En ambas alternativas, el tercer y último paso será ingresar al “Facturador” con CUIT y clave fiscal e informar los datos adicionales de los comprobantes.Si el trámite se hace desde una PC, el ingreso será a través del mismo link con Google Chrome. Una vez dentro, se deberá hacer click en “Instalar” y el navegador desplegará una opción para crear un acceso directo en el escritorio. La última acción será similar a la de los celulares.Según mencionó ARCA, “la herramienta ofrece la posibilidad de mantener activas las sesiones para realizar operaciones durante ocho horas” y también “permite guardar y consultar el historial de los comprobantes para compartirlos”.</p>
<p>Por último, se aclara que el “Facturador” contempla “la posibilidad de emitir tickets y notas de crédito tipo C, y visualizar y descargar los comprobantes emitidos anteriormente. (DIB)</p>
<p> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/066wki8ffN4MEufJwBt3sFw25eU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/ea6b8edade9f9daa151c0e46e39c5a40.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Ahora, los contribuyentes tendrán que descargar la aplicación desde los navegadores convencionales según el sistema operativo que usen en celulares y computadoras.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-11-21T02:01:31+00:00</updated>
                <published>2024-11-19T14:41:24+00:00</published>
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        <title>
            Todos los monotributistas ya pueden emitir comprobantes desde su celular
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/todos-los-monotributistas-ya-pueden-emitir-comprobantes-desde-su-celular" type="text/html" title="Todos los monotributistas ya pueden emitir comprobantes desde su celular" />
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        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
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                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/todos-los-monotributistas-ya-pueden-emitir-comprobantes-desde-su-celular">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/07xB8l1pa_QVT9t6oc_tYlnlkn4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/0597954aa8d325c45b911085c8ef5022.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p class="Normal">A partir de ahora todos los monotributistas podrán usar el Facturador, la herramienta de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que permite emitir comprobantes electrónicos de venta de bienes y servicios desde teléfonos celulares y computadoras. </p>
<p class="Normal">La medida será reglamentada por medio de la Resolución General 5602/2024 y beneficiará a más de 4,5 millones de contribuyentes.</p>
<p class="Normal">De esta manera, ARCA amplió la posibilidad de utilizar este servicio a todo el universo de personas inscriptas en el régimen simplificado. Hasta la publicación de esta normativa, solo podían utilizarlo los monotributistas sociales y los de las categorías A, B y C.</p>
<p class="Normal">El facturador es una herramienta creada por el organismo para emitir comprobantes electrónicos en solo tres pasos en celulares y computadoras, de manera simplificada y ágil para respaldar las operaciones a consumidores finales.</p>
<p class="Normal">La herramienta está diseñada para simplificar la facturación de los comercios de cercanía como almacenes, bazares, carnicerías, ferreterías y kioscos, entre otros. También pueden utilizarla trabajadores que realicen oficios como carpintería, reparación de bicicletas, electricidad, herrería,plomería y mecánica, entre otros.</p>
<p class="Normal">En ese sentido, la nueva norma avanza en la promoción de la inclusión financiera, facilita el proceso de registración y agiliza la operatoria para pequeños comercios de cercanía, prestadores de servicios y trabajadores que realizan oficios.</p>
<p class="Normal">Para emitir sus tickets y facturas los monotributistas que utilicen la plataforma deben ingresar a facturador.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal para luego detallar los datos de la operación por la cual emiten el comprobante. La herramienta ofrece la posibilidad de mantener activas lassesiones para realizar operaciones durante ocho horas. </p>
<p class="Normal">El servicio permite guardar y consultar el historial de los comprobantes para compartirlos por mensajería instantánea y correo electrónico. El nuevo facturador contempla la posibilidad de emitir tickets y notas de crédito tipo C, y visualizar y descargar los comprobantes emitidos anteriormente.</p>
<p class="Normal">¿Cómo utilizarlo?</p>
<p class="Normal">En Android1- Ingresar a facturador.afip.gob.ar con el navegador Google Chrome2- Hacer click en “Instalar” y descarga. Se genera un acceso directo en la pantalla de inicio del celular.3- Ingresar con CUIT y clave fiscal e informar los datos adicionales de los comprobantes</p>
<p class="Normal">IOSIngresar a facturador.afip.gob.ar con el navegador Safari1- Hacer click en “Instalar” y descargar2- Seleccionar “Compartir” y luego indicar “Agregar a inicio”3- Ingresar con CUIT y clave fiscal e informar los datos adicionales de los comprobantes</p>
<p class="Normal">PC1- Ingresar a facturador.afip.gob.ar con el navegador Google Chrome2- Hacer click en “Instalar” y descargar. El navegador desplegará una opción para crear un acceso directo en el escritorio </p>
<p class="Normal">3- Ingresar con CUIT y clave fiscal e informar los datos adicionales de los comprobantes.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/07xB8l1pa_QVT9t6oc_tYlnlkn4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/0597954aa8d325c45b911085c8ef5022.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La medida alcanza a 4,5 millones de contribuyentes, anunció la Agencia de Recaudación.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-11-19T23:43:27+00:00</updated>
                <published>2024-11-18T14:14:58+00:00</published>
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        <title>
            Oficializan cambios en el monotributo: puntos clave y cómo quedan las escalas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/oficializan-cambios-en-el-monotributo-puntos-clave-y-como-quedan-las-escalas" type="text/html" title="Oficializan cambios en el monotributo: puntos clave y cómo quedan las escalas" />
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        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/oficializan-cambios-en-el-monotributo-puntos-clave-y-como-quedan-las-escalas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ucae163izz5AsFLl-_cgVq9dOas=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/8a4b1978b2234d6da372b4c807ea5636.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Mediante el Decreto 661/2024, el Gobierno oficializó cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo. Se elevan los montos de facturación de manera significativa y se establece que las actualizaciones se harán dos veces al año: en enero y julio.</p>
<p>Las modificaciones estaban incluidas en el paquete fiscal que aprobó el Congreso a fines de junio, las llamadas Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.</p>
<p>Además de los aumentos en los montos de facturación, que van del 201% al 301% según la categoría, el decreto establece que la AFIP “efectuará las actualizaciones dispuestas (…) en los meses de enero y julio de cada año considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.</p>
<p></p>
<p>Y otro de los puntos sobresalientes de la normativa afirma que “si las personas habían renunciado al Régimen, pero continúan con su actividad, podrán volver a adherir al RS en cualquier momento -en la medida en que cumplan con ciertas condiciones exigidas- en la categoría que les corresponda, sin los beneficios”.</p>
<p>Por otra parte, el decreto dispone que cuando de la proyección anual “surja que el sujeto queda excluido del régimen, por haberse superado los límites máximos aplicables, el pequeño contribuyente permanecerá dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), debiendo encuadrarse -hasta la próxima recategorización semestral-, en la Categoría K”.</p>
Categoría por categoría
<p>Estos son los aumentos en los montos de facturación de acuerdo con la categoría.</p>
<p>Categoría A: pasará de $ 2.108.288,01 a $ 6.450.000 lo que representa un alza de 206%</p>
<p>Categoría B: pasará de $ 3.133.941,63 a $ 9.450.000 lo que representa un alza de 202%</p>
<p>Categoría C: pasará $ 4.387.518,23 a $ 13.250.000 lo que representa un alza de 208%</p>
<p>Categoría D: pasará de $ 5.449.094,55 a $ 16.450.000 lo que representa un alza de 202%</p>
<p>Categoría E: pasará de $ 6.416.528,72 a $ 19.350.000 lo que representa un alza de 202%</p>
<p>Categoría F: pasará de $ 8.020.660,9 a $ 24.250.000 lo que representa un alza de 203%</p>
<p>Categoría G: pasará de $ 9.624.793,05 a $ 29.000.000 lo que representa un alza de 202%</p>
<p>Categoría H: pasará de $ 11.916.410,45 a $ 44.000.000 lo que representa un alza de 270%</p>
<p>Categoría I: pasará de $ 13.337.213,22 a $ 49.250.000 lo que representa un alza de 269%</p>
<p>Categoría J: pasará de $ 15.285.088,04 a $ 56.400.000 lo que representa un alza de 269%</p>
<p>Categoría K: pasará de $ 16.957.968,71 a $ 68.000.000 lo que representa un alza de 301%</p>
<p>Además de incrementarse los montos de facturación, también aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. La cuota impositiva aumenta entre el 278% y 510%; la de seguridad social entre el 212% y 343%, y la de obra social entre 212% y 214%.</p>
<p>Sumando todos los parámetros, las cuotas a pagar irán de $ 26.600 (categoría “A”) hasta $ 280.734 (categoría “H”). Actualmente, los montos van de $ 12.128 a $ 66.111. (DIB) MM</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ucae163izz5AsFLl-_cgVq9dOas=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/8a4b1978b2234d6da372b4c807ea5636.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El presidente Javier Milei publicó el decreto que oficializa los cambios en el monotributo aprobados en el paquete fiscal.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-07-25T20:30:11+00:00</updated>
                <published>2024-07-24T13:07:23+00:00</published>
    </entry>
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        <title>
            Monotributo: la AFIP oficializó cómo quedan las categorías desde agosto
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/monotributo-la-afip-oficializo-como-quedan-las-categorias-desde-agosto" type="text/html" title="Monotributo: la AFIP oficializó cómo quedan las categorías desde agosto" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/monotributo-la-afip-oficializo-como-quedan-las-categorias-desde-agosto">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J0Nk1R4TVvdQuXg-oR50qFMKxY8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/d12d2f38fda1176ee79ab5faf36f5cf8.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer este domingo los nuevos valores para las categorías de monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación dispuestos con la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.</p>
<p>Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de enero de este año. Asimismo, se debe tener en cuenta que el organismo recaudador ya había extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.</p>
<p>La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera:</p>
<p>Categoría A:</p>
<p>Valor anterior: $2.108.288,01Valor nuevo: $6.450.000Porcentaje de aumento: 206%</p>
<p>Categoría B:</p>
<p>Valor anterior: $3.133.941,63Valor nuevo: $9.450.000Porcentaje de aumento: 202%</p>
<p>Categoría C:</p>
<p>Valor anterior: $4.387.518,23Valor nuevo: $13.250.000Porcentaje de aumento: 202%</p>
<p>Categoría D:</p>
<p>Valor anterior: $5.449.094,55Valor nuevo: $16.450.000Porcentaje de aumento: 202%</p>
<p>Categoría E:</p>
<p>Valor anterior: $6.416.528,72Valor nuevo: $19.350.000Porcentaje de aumento: 202%</p>
<p>Categoría F:</p>
<p>Valor anterior: $8.020.660,90Valor nuevo: $24.250.000Porcentaje de aumento: 202%</p>
<p>Categoría G:</p>
<p>Valor anterior: $9.624.793,05Valor nuevo: $29.000.000Porcentaje de aumento: 201%</p>
<p>Categoría H:</p>
<p>Valor anterior: $11.916.410,45Valor nuevo: $44.000.000Porcentaje de aumento: 269%</p>
<p>Categoría I:</p>
<p>Valor anterior: $13.337.213,22Valor nuevo: $49.250.000Porcentaje de aumento: 269%</p>
<p>Categoría J:</p>
<p>Valor anterior: $15.285.088,04Valor nuevo: $56.400.000Porcentaje de aumento: 269%</p>
<p>Categoría K:</p>
<p>Valor anterior: $16.957.968,71Valor nuevo: $68.000.000Porcentaje de aumento: 301%</p>
<p>Al mismo tiempo, se aclaró que no ingresarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.</p>
<p>Además, quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:</p>
<p>Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales.Los menores de 18 años.Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994.En tanto, los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social.</p>
<p>NA</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/J0Nk1R4TVvdQuXg-oR50qFMKxY8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/d12d2f38fda1176ee79ab5faf36f5cf8.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo oficializó los nuevos topes de facturación. La recategorización se puede hacer hasta el 2 de agosto.
]]>
                </summary>
                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2024-07-17T13:19:12+00:00</updated>
                <published>2024-07-15T13:00:22+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Monotributo: Afip extendió el plazo para recategorizarse
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-afip-extendio-el-plazo-para-recategorizarse" type="text/html" title="Monotributo: Afip extendió el plazo para recategorizarse" />
        <id>https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-afip-extendio-el-plazo-para-recategorizarse</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-afip-extendio-el-plazo-para-recategorizarse">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-nSKv8i2kJOMeyOlNQ6YCpRnL2k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/95b212a9779c26da4085671dd9f2d4aa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La Administración Federal de Ingresos Públicos informó que extendió el plazo para la recategorización del monotributo. Por medio de un comunicado, el organismo estableció que la nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto. De esta manera, se otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la Ley 27.743, que incluye los nuevos montos de facturación entre otros beneficios tributarios.La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.Por medio de la Resolución General N° 5523/2024, la AFIP dispuso que la nueva fecha límite para completar este trámite sea hasta el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación para todas las categorías que se aprobó a través de la ley permite que más monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP.</p>

<p dir="ltr" lang="es">?????????? ????? ?? ? ?? ?????? ?? ????? ???? ?? ???????????????́? ??? ???????????. pic.twitter.com/jW4WEjEyMy</p>
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) July 10, 2024]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/-nSKv8i2kJOMeyOlNQ6YCpRnL2k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/95b212a9779c26da4085671dd9f2d4aa.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El organismo otorgará más tiempo a los contribuyentes para realizar ese trámite. Se trata de un procedimiento obligatorio que se debe hacer cada6 meses.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-07-12T19:15:37+00:00</updated>
                <published>2024-07-10T23:49:19+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            AFIP confirmó cuándo se deben recategorizar los monotributistas en 2024
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/afip-confirmo-cuando-se-deben-recategorizar-los-monotributistas-en-2024" type="text/html" title="AFIP confirmó cuándo se deben recategorizar los monotributistas en 2024" />
        <id>https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/afip-confirmo-cuando-se-deben-recategorizar-los-monotributistas-en-2024</id>
        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/afip-confirmo-cuando-se-deben-recategorizar-los-monotributistas-en-2024">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uD8LCkUtd6_f6SHpklpfrh4iuN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/dd5b2233e4715e3e614695e0520b010a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La  AFIP informó, como todos los años, las fechas claves para la recategorización correspondiente de las personas inscritas en el Monotributo.</p>
<p>Los monotributistas se verán afectados por recientes modificaciones en su sector por la aprobación de la Ley Bases. Por un lado, se aprobaron aumentos del 300% en los topes de facturación anual, cuotas mensuales a pagar y varios otros parámetros establecidos en el régimen del Monotributo.</p>
<p>Además, se votó positivamente que a partir del período fiscal 2025, el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tendrá una actualización semestral de parámetros basada en la inflación.</p>
<p>Por otro lado, hubo una modificación separada en un artículo que proponía derogar el esquema conocido como monotributo social, pero finalmente se mantuvieron los beneficios para trabajadores de la economía popular, ya que no fue aprobado este punto.</p>
Cuándo es la recategorización del monotributo en 2024
<p>El período que establece la AFIP para la recategorización es desde enero hasta julio, con evaluaciones cada seis meses. De esta forma, los usuarios pueden evaluar si consideran que deben cambiar de categoría para la segunda mitad del año. Desde el 1º de julio hasta el 20 del mismo mes, se podrá iniciar el trámite correspondiente en AFIP.</p>
<p>Si bien las escalas para la actualización que actualmente figuran en la página oficial de la AFIP siguen siendo las previas a la aprobación de la ley del paquete fiscal, fuentes del organismo indicaron que una vez promulgada y reglamentada la normativa las escalas serán elevadas y serán esos nuevos valores los que se deberán tener en cuenta para la recategorización.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uD8LCkUtd6_f6SHpklpfrh4iuN8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/dd5b2233e4715e3e614695e0520b010a.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Administración Federal de Ingresos Públicos detalló sobre las fechas para realizar este importante trámite esencial para los usuarios de este sector.
]]>
                </summary>
                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2024-07-06T18:26:10+00:00</updated>
                <published>2024-07-04T12:45:08+00:00</published>
    </entry>
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        <title>
            Monotributo: cómo quedan las escalas tras los cambios
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-como-quedan-las-escalas-tras-los-cambios" type="text/html" title="Monotributo: cómo quedan las escalas tras los cambios" />
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        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-como-quedan-las-escalas-tras-los-cambios">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nkh2_v3CpeY8HDEjfbRymX1XPr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/9d6715c9a1bd42f4cae4f3d9eade8a5c.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p> </p>
<p>La Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases y el paquete fiscal, y entre otros puntos esto modifica el Monotributo: desde ahora aumentarán significativamente tanto los niveles de facturación como la cuota mensual a pagar.</p>
<p>Entre los cambios previstos está la eliminación de la diferencia del tope de ingresos permitidos para estar en el régimen, según se trate de personas dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.</p>
<p>En este régimen, en tanto, se mantiene finalmente el monotributo social, un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales, con una cuota mensual reducida. La eliminación de esta figura estaba en la reforma fiscal original, pero el Senado lo rechazó y así se aceptó.</p>
<p>Tanto para la prestación de servicios como para la actividad comercial, el límite de facturación anual para ser monotributista sube a $68 millones con efecto desde enero último. Los topes actuales son de $16.957.968,71 en comercio y de $11.916.410,45 en servicios. También se incrementan fuertemente los topes de ingresos permitidos en cada una de las categorías de la tabla.</p>
<p>La nueva ley contempla un incremento de los importes que pagan mensualmente los monotributistas tanto por el impuesto integrado como por los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social (los montos se detallan unos párrafos más adelante).</p>
<p>Por ejemplo, el impuesto de la categoría A pasa de $1047,86 a $3000, y el de la B, de $2018,89 a $5700. En la práctica, en esas dos categorías el cambio implica que quienes sigan en esos escalones de tabla pasarían -en la mayoría de los casos- de no pagar nada a abonar $3000 o $5700. Esto será así porque se elimina la exención del componente impositivo que regía, con excepciones, para quienes están en las categorías A y B (es una exención no vigente, por ejemplo, para quienes además de estar en el monotributo son asalariados).</p>
<p>El nivel máximo de facturación anual según las categorías, será:</p>
<p>A: De $ 2.108.288,01 a 6.450.000B: De $ 3.133.941,63 a 9,450.000C: De $ 4.387.518,23 a 13,250.000D: De $ 5.449.094,55 a 16,450.000E: De $ 6.416.528,72 a 19,350.000F: De $ 8.020.660,90 a 24,250.000G: De $ 9.624.793,05 a 29.000.000H: De $ 11.916.410,45 a 44.000.000I: De $ 13.337.213,22 a 49,250.000J: De $ 15.285.088,04 a 56,400.000K: De $16.957.968,71 a 68.000.000</p>
<p>La cuota mensual total a pagar (impuesto, aporte a la jubilación y salud) tendría los siguientes valores (locaciones y servicios):</p>
<p>A: de $ 12.128,39 a 26.600B: de $ 13.561,75 a 30.280C: de $ 15.503,51 a 35.458D: de $ 19.497,94 a 45.443,80E: de $26.945,97 a 64.348,18F: de $ 33.137,61 a 80.983G: de $ 38.694,95 a 123.696,20H: de $ 66.111,51 a 280.734,68Para las restantes 3 categorías que se agregan a locación y servicios, las cuotas son de $ 517.608,55, $ 626.931,97 y $ 867.084,75 mensuales. (DIB)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/nkh2_v3CpeY8HDEjfbRymX1XPr0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/9d6715c9a1bd42f4cae4f3d9eade8a5c.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del paquete fiscal. Se elevan significativamente los ingresos topes para estar en el régimen simplificado.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-07-01T21:21:52+00:00</updated>
                <published>2024-06-28T13:34:10+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Monotributo: los cambios que aprobó el Senado y cómo afecta al monotributo social
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-los-cambios-que-aprobo-el-senado-y-como-afecta-al-monotributo-social" type="text/html" title="Monotributo: los cambios que aprobó el Senado y cómo afecta al monotributo social" />
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        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/monotributo-los-cambios-que-aprobo-el-senado-y-como-afecta-al-monotributo-social">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>Los cambios en el Monotributo obtuvieron en el Senado 37 votos afirmativos y 35 negativos, por lo que cuando la ley sea promulgada, habrá alzas de hasta 300% en los topes de facturación anual, cuotas mensuales a pagar y otros parámetros del régimen. Pero también la Cámara alta votó a favor de eliminar la prórroga del monotributo social, algo que afectará a las personas de bajos recursos.</p>
<p>El Senado votó en contra del artículo 100 dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del paquete fiscal que preveía la prórroga del denominado monotributo social.</p>
<p>Esa norma, que no estaba incluida en el proyecto original y había sido agregada durante la discusión en Diputados, aseguraba la continuidad de beneficios para sectores de la economía popular que podían facturar por sus actividades comerciales abonando una mensualidad menor que el resto de los monotributistas.</p>
<p>Se establecía que cuando el pequeño contribuyente sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% del tope de ingresos brutos anuales de la categoría A, no debería ingresar el impuesto integrado y podría optar por no ingresar aportes al sistema de obras sociales.</p>
<p>De esta manera, los titulares de este régimen tributario simplificado para los trabajadores de menores ingresos y sin una facturación regular, pasarán de pagar $3.200 a $26.600 en la categoría más baja del monotributo general. Según los últimos datos difundidos en abril por la Secretaría de Trabajo correspondientes a enero, los titulares del monotributo social superan los 620.000, más del doble que una década atrás.</p>
<p>La iniciativa general, en tanto, establece que el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tenga desde el período fiscal 2025 una actualización de parámetros (máximos de facturación, alquileres, cuota a pagar) semestral que se regirá por la inflación. Para este año, en tanto, faculta al Ejecutivo a incrementar esos montos.</p>
<p>Por la reforma, la categoría A pasará de facturar poco más de $2.100.000 a $6.450.000, mientras la categoría K llegará a $68 millones. Además, habilita a los que prestan servicios a mantenerse dentro del Monotributo hasta el monto de la categoría K, aunque con una cuota mucho más alta de los que venden productos. Por otro lado, establece que el precio máximo unitario de venta de productos no podrá superar los $385.000 (casi el doble que ahora).</p>
<p>La tabla de topes de facturación anual completa, que aprobó el Senado, queda de la siguiente manera:</p>
<p>Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%);</p>
<p>Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%);</p>
<p>Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%);</p>
<p>Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%);</p>
<p>Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%);</p>
<p>Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%);</p>
<p>Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%);</p>
<p>Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%);</p>
<p>Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%);</p>
<p>Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%);</p>
<p>Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).</p>
<p>El texto, además, establece los nuevos montos del impuesto integrado y a la seguridad social por jubilaciones y el aporte a la obra social de cada monotributista, por lo que las cuotas mensuales tendrán aumentos incluso mayores que las de las categorías de facturación. (DIB)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/pilardetodos-static/images/logo.png" class="type:primaryImage" /></figure>Se rechazó la continuidad del esquema de beneficios con el que contaban sectores de la economía popular.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-06-14T17:51:35+00:00</updated>
                <published>2024-06-13T16:32:15+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Avanzarán con el cobro de Ganancias y los cambios en el Monotributo
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/politica/avanzaran-con-la-marcha-atras-en-ganancias-y-los-cambios-en-el-monotributo" type="text/html" title="Avanzarán con el cobro de Ganancias y los cambios en el Monotributo" />
        <id>https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/politica/avanzaran-con-la-marcha-atras-en-ganancias-y-los-cambios-en-el-monotributo</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/politica/avanzaran-con-la-marcha-atras-en-ganancias-y-los-cambios-en-el-monotributo">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qvPrHBZWghd7DCHckKwhN6_Z1qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/8afe1275a2f976f6606562420bcf1efe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La cámara de Diputados tratará la semana que viene la reposición de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias -rebautizado ahora Ingresos Personales- como parte de un “paquete fiscal” que también incluirá cambios al monotributo y Bienes Personales, además de un nuevo blanqueo de capitales y una moratoria impositiva.</p>
<p>La posibilidad de avanzar en la llamada Ley de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes quedó habilitada luego del dictamen favorable de la Comisión de Presupuesto -presidida por José Luis Espert- que logró 27 firmas de respaldo. Lo acompañaron representantes de La Libertad Avanza, el PRO y la UCR.</p>
<p>El cambio más importante en el ahora llamado Impuesto a los Ingresos Personales es la marcha atrás con la eliminación de la cuarta categoría que había dispuesto Sergio Massa cuando era ministro de Economía-y el Congreso Había ratificado, con el voto a favor del ahora presidente Javier Milei.</p>
<p>Luego de varias instancias de negociación entre el Gobierno, las provincias y los bloques de la oposición dialoguista, se definió que el mínimo no imponible estará ubicado en 1.800.000 pesos para trabajadores solteros y en 2.200.000 pesos para casados con hijos. De esta manera, volverán a estar alcanzados por este tributo casi un millón de personas.</p>
<p>La actualización del mínimo no imponible y del piso de cada una de las escalas se realizará de forma semestral a partir del 2025 aunque este año habrá un ajuste trimestral en septiembre, en base a la variación del IPC.</p>
<p>A la vez, el proyecto establece una fuerte rebaja en Bienes Personales: el mínimo no imponible subirá de $ 11 a $ 100 millones y la deducción por la vivienda familiar pasará de $ 56 a $ 350 millones, lo que implica que se reducirá la base de contribuyentes alcanzados. Estos importes se ajustarán cada año en función de la variación anual de la inflación difundida por el INDEC. Otro de los beneficios es la reducción gradual de la escala de alícuotas progresivas, eliminándose la discriminación existente para bienes situados en el exterior.</p>
<p>En cuanto al Monotributo, el proyecto plantea un aumento tanto de los niveles de facturación –con un tope máximo de $68 millones anuales- como la cuota mensual a pagar. Esos aumentos oscilan entre el 200 y el 300%, según la categoría. Asimismo, se amplían los límites de facturación de locaciones y servicios, con nuevas categorías para este segmento, igualándolas a la de venta de cosas muebles.</p>
<p>Se incluye además una amplia moratoria que permitirá pagar las obligaciones impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024 en hasta 84 cuotas con diversos beneficios como la condonación de la totalidad de las multas y de hasta el 70% de los intereses por los saldos adeudados, dependiendo la modalidad de pago.</p>
<p>En el capitulo del Blanqueo, se dispone que los activos por hasta los US$ 100.000 tendrán una alícuota del 0%, mientras que los montos superiores abonarán alícuotas crecientes en función del momento en que ingresen. En la primera etapa, que se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2024, la tasa sobre el excedente será del 5%; en la segunda etapa, hasta el 31 de diciembre de 2024, será del 10%; y en la tercera, hasta el 31 de marzo de 2025, del 15%. (DIB)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qvPrHBZWghd7DCHckKwhN6_Z1qg=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/8afe1275a2f976f6606562420bcf1efe.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El mínimo no imponible de Ganancias será de 1.800.000 para solteros y 2.200.000 para casados con hijos. Hay fuertes rebajas en Bienes Personales y un blanqueo amplia. Suben hasta 300% las escalas del Monotributo.
]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2024-04-26T23:27:56+00:00</updated>
                <published>2024-04-26T11:32:41+00:00</published>
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        <title>
            ¿Cómo quedan las escalas y las cuotas del monotributo según el nuevo proyecto de ley?
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/como-quedan-las-escalas-y-las-cuotas-del-monotributo-segun-el-nuevo-proyecto-de-ley" type="text/html" title="¿Cómo quedan las escalas y las cuotas del monotributo según el nuevo proyecto de ley?" />
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/como-quedan-las-escalas-y-las-cuotas-del-monotributo-segun-el-nuevo-proyecto-de-ley">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Ev23Xn6J2TrFEPbtDVq4UIWcSJA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/4b05dc2ef38b219b5eec1b3acf70f8b1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>En el proyecto fiscal que el Gobierno giró al Congreso, además de los cambios en Ganancias, Bienes Personales y el blanqueo, se dispone una serie de cambios en el régimen de Monotributo por el cual se actualizan las escalas y los valores de pago del monotributo entre otras cosas.</p>
<p>La llamada Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, en lo que refiere a Monotributo, presenta una actualización de los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300 y 330%.</p>
<p>Además, una novedad respecto a los proyectos anteriores, se da en la eliminación de la exclusividad de las últimas tres categorías para la venta de cosas muebles, habilitando también dichas categorías a los prestadores de servicios.</p>
<p>Para estos contribuyentes el tope anual de facturación aumenta significativamente hasta los $68 millones.</p>
<p>Como indica el contador Marcos Felice, responsable del Blog del Contador, “si bien va a ayudar a morigerar la transición al régimen general, los contribuyentes deberán hacer bien las cuentas porque quizás, en determinado nivel y dado cada negocio en particular, puede que les convenga pasar directamente al general dado el monto de la cuota y el peso final del impuesto”.</p>
<p>De aprobarse el proyecto al que apuesta fuerte el Gobierno, los monotributistas con menores ingresos inscriptos en la categoría A podrán facturar hasta $6.450.000 de forma anual, en tanto que los que están en la categoría K, la más alta, pasarán 68 millones de pesos.</p>
<p> </p>
<p>Para el caso del precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles, se aumenta el valor límite al importe de $ 385.000 (actualmente es de $ 180.589,67).</p>
<p>Uno de los cambios, en este caso negativo, para los pequeños contribuyentes es el de la eliminación de la excepción de ingresar el impuesto integrado para los pequeños contribuyentes encuadrados en las categorías A o B que había establecido la Ley 27.676, por lo cual volverían a pagar la cuota completa.</p>
<p>Otro dato poco alentador es la falta de actualización de los parámetros de alquileres a valores reales, indican desde la cuenta de Contadores en Red.</p>
<p><p lang="es" dir="ltr">? ??????????? ¿??́?? ???????́?? ??? ????????́?? ???? ?? ????? ? Nuevo Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.✅ Incremento parámetro Ingresos Brutos❌ Incremento parámetro alquileres❌ Eliminación… pic.twitter.com/NBcK0p3qKF</p>&mdash; Contadores en Red (@Contadoresenred) April 10, 2024  </p>
<p> </p>
<p>Salvador Vitelli, jefe de Research de Romano Group, señaló que ajustadas por inflación, las nuevas escalas de facturación regresan a valores de julio de 2013 en el caso de Servicios, y a los de enero 2018 en el caso de bienes. “En términos reales significa una mejora en servicios de 300% y 185% para bienes. Esto es ya que no se diferenciaría por actividad”, afirmó.</p>
<p> </p>
<p><p lang="es" dir="ltr">ESCALAS MONOTRIBUTOAsí quedarían las nuevas escalas de facturación del monotributo, ajustado por inflación.Incluye las diferentes modificaciones que se le fueron haciendo al capítulo fiscal.Servicios vuelve a valores de Jul.-2013 y Bienes a Ene.-2018.En términos reales… pic.twitter.com/niQm8GrqYy</p>&mdash; Salvador Vitelli (@SalvadorVitell1) April 10, 2024  </p>
<p>Así como aumentan los parámetros de facturación para mantenerse en el régimen, también se actualizan fuerte las importes mensuales a ingresar en concepto de impuesto integrado, aportes al régimen jubilatorio y a la obra social.</p>
<p>La cuota más barata, la de la categoría A, va de los actuales $12.128,39 a $26.600, un 119% más mientras que la categoría más alta, ahora la K tanto para servicios como venta de cosas muebles, va a un máximo de $867.084,75 para servicios y $377.084,75 para venta de cosas muebles. En el caso de los servicios, aquí es donde aplica, como comentaba Felice, el análisis de si llegada cierto nivel de facturación no es más conveniente pasar al régimen general.</p>
<p>Entre las opciones de mejora que le faltaría al régimen en post de mejorar y sea más armónico con el régimen general, Marcos Felice sostiene que se debería eliminar lo de esperar tres años para volver al régimen, lo que es un gran desincentivo a pasar al régimen general, debería contemplar que si se vuelve a estar dentro de los parámetros se pueda volver sin restricciones e incorporar que vuelvan los que fueron excluidos a partir del 1 de enero y que no superan los nuevos topes.</p>
<p> </p>
<p>NA</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Ev23Xn6J2TrFEPbtDVq4UIWcSJA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/4b05dc2ef38b219b5eec1b3acf70f8b1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El esquema trae nuevos cambios con importantes actualizaciones de los límites de facturación y valor de las cuotas. Además habilitaron tres categorías más para quedarse dentro del régimen a los prestadores de servicios.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-04-12T13:43:27+00:00</updated>
                <published>2024-04-11T12:15:58+00:00</published>
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        <title>
            Proyectan cambiar el monotributo: cómo quedarían las escalas
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/proyectan-cambiar-el-monotributo-como-quedarian-las-escalas" type="text/html" title="Proyectan cambiar el monotributo: cómo quedarían las escalas" />
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/sociedad/proyectan-cambiar-el-monotributo-como-quedarian-las-escalas">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iqKXAwlLH03WDnYcT5NUVyAwQJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/9f601ad1dda8908ac3257eb5322dd650.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El Gobierno de Javier Milei está impulsando un nuevo paquete de medidas fiscales destinadas a modificar los niveles de facturación del Monotributo. Esta propuesta representa un aumento en los límites de facturación, aunque menos significativo que la versión anterior que fue retirada del Congreso. Sin embargo, la cuota a ingresar experimenta un incremento mayor que en la propuesta previa.</p>
<p>Según especialistas consultados por el diario Clarín, en el nuevo proyecto, los niveles de facturación de la categoría A pasarían de los actuales $2.108.288 a $3.000.000 anuales, en comparación con los $5.000.000 propuestos en el megaproyecto anterior.</p>
<p>Según los cálculos de Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, los ingresos permitidos de la categoría A aumentarían un 42% sobre los actuales, mientras que los tres componentes de la cuota también se incrementarían significativamente: el impuesto integrado subiría un 139%, los aportes a la Seguridad Social un 112%, y a la obra social un 114%.</p>
<p>Este patrón se repite en el resto de las categorías. Por ejemplo, la categoría B aumentaría de $3.133.941 a $4.000.000, solo un 28%, en comparación con los $8.000.000 propuestos anteriormente.</p>
<p>Las categorías más altas experimentarían un aumento porcentual mayor. Por ejemplo, la categoría K, de venta de cosas muebles, pasaría de $16.957.968 a $35.500.000, un incremento del 109%.</p>
<p>Por otro lado, según Fernando López Chiesa, del Estudio Litvin, Lisicki y Asociados, las cuotas mensuales a pagar irían desde $26.100 para la categoría A hasta $133.097 para la categoría H más alta de servicios, y $246.919 para la venta de bienes, categoría K.</p>
<p>¿Cuánto aumentarían las escalas del monotributo?</p>

Categoría A: Sube de $2.108.288 a $3.000.000 anuales.
Categoría B: Aumenta de $3.133.941 a $4.000.000, un incremento del 28%.
Categoría K (venta de cosas muebles): Pasa de $16.957.968 a $35.500.000, un aumento del 109%.

<p>¿Cuánto aumentaría la cuota del monotributo?</p>

Categoría A: La cuota mensual pasaría a ser de $26.100, en comparación con los $12.128 actuales.
Categoría H (más alta de servicios): Se estima que la cuota ascenderá a $133.097, frente a los $66.111 que se pagan actualmente.
Categoría K (venta de bienes): La cuota mensual proyectada alcanzaría los $246.919, superando los $106.964 del presente.

<p>NA</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iqKXAwlLH03WDnYcT5NUVyAwQJs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/9f601ad1dda8908ac3257eb5322dd650.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El nuevo paquete de medidas fiscales propone cambios significativos en las cuotas a pagar y en los límites de ingresos permitidos para cada categoría.
]]>
                </summary>
                                <category term="sociedad" label="Sociedad" />
                <updated>2024-03-21T12:42:29+00:00</updated>
                <published>2024-03-20T11:30:04+00:00</published>
    </entry>
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        <title>
            ¿Cuáles son los cambios del Monotributo en el nuevo proyecto de Ley Impositiva del Gobierno?
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/cuales-son-los-cambios-del-monotributo-en-el-nuevo-proyecto-de-ley-impositiva-del-gobierno" type="text/html" title="¿Cuáles son los cambios del Monotributo en el nuevo proyecto de Ley Impositiva del Gobierno?" />
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        <author>
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                <![CDATA[Pilar de Todos]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://pilardetodos.com.ar/secciones/noticias/economia/cuales-son-los-cambios-del-monotributo-en-el-nuevo-proyecto-de-ley-impositiva-del-gobierno">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gjcDOHJp2r4Zm7X_WTJ8gaLi004=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/d4b52951ce3a711f790d394adfcb4b13.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>El proyecto de Ley que el Ejecutivo girará al Congreso en las próximas horas prevé la actualización de las escalas del monotributo, como así también los montos a ingresar por el impuesto, el aporte jubilatorio y la obra social.</p>
<p>A diferencia del paquete fiscal retirado en plenas negociaciones en sesiones extraordinarias, los valores a actualizar que propone el Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes son sensiblemente menores, tanto para los limites de facturación como para el componente impositivo de la cuota, mientras que obra social y jubilación quedan igual. Así lo advirtió el contador Marcos Felice en la red social X.</p>

<p dir="ltr" lang="es">??ATENCIÓN MONOTRIBUTISTAS: se conoció el borrador del proyecto de ley del Poder Ejecutivo con la actualización de las escalas y montos a pagar.♦A continuación, los parámetros de facturación definidos en el proyecto.♦Se fija en $20.500.000.- el último tramo para… pic.twitter.com/9LVT3TClqD</p>
— Blog del Contador (@BlogDelContador) March 14, 2024
<p> </p>
<p> </p>

<p dir="ltr" lang="es">?? MONOTRIBUTO: el proyecto de ley que enviará el Ejecutivo hoy al Congreso incluiría la actualización de los parámetros de facturación del Régimen Simplificado, de los alquileres devengados y del precio máximo unitario de venta (pasa de $180.589,67 a $ 385.000,00).?️‍♀️El tope… pic.twitter.com/qHy9tAzmRF</p>
— Blog del Contador (@BlogDelContador) January 23, 2024
<p> </p>
<p>Las nuevos parámetros de facturación definidos en el presente proyecto fijan en $20.500.000.- el último tramo para prestaciones de servicios y en $35.500.000.- para venta de cosas muebles.</p>
<p>Mientras que el proyecto anterior proponía un aumento para la categoría A de facturación hasta $5.000.000 elevando la escala un 137%, el presente proyecto la eleva a $3.000.000, solo un 42,3% en un momento que la inflación hace rápidamente quedar bajo el límite.</p>
<p>Para el caso de la facturación límite del régimen como la categoría H en servicios, el proyecto anterior ponía el límite en $35.000.000 mientras que el actual lo ubica en $20.500.000. En el caso de la venta de cosas muebles, el límite máximo era de $68.000.000 de la categoría K y en el actual pasaría a $35.500.000.</p>
<p>Sobre esta baja en los límites del proyecto, Felice indica que "seguramente sea para no seguir perdiendo recaudación. Si entran más contribuyentes al régimen de Monotributo, caen los del régimen general que son los que más impuestos pagan".</p>
<p>Aparte, se modificó el precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles, llevándolo de $180589,67 a $385.000, aumentándolo un 113,2%.</p>
<p>Por otra parte, las cuotas a pagar mensualmente irán desde $26.100.- para la categoría A a $133.097.- para la categoría más alta de servicios y a $246.919.- para venta de bienes.</p>
<p>Además, los montos limites de las escalas de facturación, y las cuotas a ingresar se actualizarán trimestralmente de acuerdo al IPC, según lo que detalla el proyecto en su articulado: "Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2°, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal 2024, inclusive, por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el (INDEC).</p>
<p>Las nuevas escalas de facturación del proyecto</p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>Cómo quedarían las cuotas a ingresar</p>
<p></p>
<p>NA</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/gjcDOHJp2r4Zm7X_WTJ8gaLi004=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://pilardetodoscdn.eleco.com.ar/media/k2/items/src/d4b52951ce3a711f790d394adfcb4b13.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Actualizan escalas y monto a ingresar, pero los límites de facturación son menores a los ofrecidos en el proyecto original.
]]>
                </summary>
                                <category term="economia" label="Economía" />
                <updated>2024-03-16T23:28:00+00:00</updated>
                <published>2024-03-15T11:55:09+00:00</published>
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